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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 253/2022

RESOL-2022-253-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2018-27720372-APN-DGDO#MEM y los Expedientes Nros. EX-2018-31571522-APN-DGDO#MEN y EX-2021-54982692-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la empresa LUZ DE TRES PICOS S.A. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Eólico El Mataco III con una potencia de CIEN COMA OCHO MEGAVATIOS (100,8 MW), ubicado en el Partido de Tornquist, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Tres Picos Oeste, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S.A. (TRANSBA S.A.).

Que mediante la Nota Nº B-128210-1 de fecha 29 de junio de 2018 (IF-2018-31593520-APN-DGDO#MEN), COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa LUZ DE TRES PICOS S.A. cumple para su Parque Eólico El Mataco III los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante la Disposición Nº 357 de fecha 12 de junio de 2018 (IF-2021-54989184-APN-SE#MEC), el Subsecretario de Fiscalización y Evaluación Ambiental del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible de la Provincia de Buenos Aires (OPDS) aprobó el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Eólico El Mataco III.

Que la empresa LUZ DE TRES PICOS S.A. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM del Parque Eólico El Mataco III se publicó en el Boletín Oficial Nº 34.885 de fecha 22 de marzo de 2022 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa LUZ DE TRES PICOS S.A. para su Parque Eólico El Mataco III con una potencia de CIEN COMA OCHO MEGAVATIOS (100,8 MW), ubicado en el Partido de Tornquist, Provincia de BUENOS AIRES, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TREINTA Y TRES KILOVOLTIOS (33 kV) de la Estación Transformadora Tres Picos Oeste, jurisdicción de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S. A. (TRANSBA S.A.).

ARTÍCULO 2º.- Instrúyese a COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa LUZ DE TRES PICOS S.A., titular del Parque Eólico El Mataco III en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a la empresa LUZ DE TRES PICOS S.A., a CAMMESA, a TRANSBA S.A. y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4º.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 21/04/2022 N° 25574/22 v. 21/04/2022

Fecha de publicación 21/04/2022