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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 634/2022

DI-2022-634-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 20/04/2022

VISTO el Expediente EX -2022-36134475- -APN-DGI#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, la Ley de Migraciones N° 25.871 y su reglamentación aprobada por Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que entre los días 28 de abril y 8 de mayo de 2022 se llevarán a cabo los “III JUEGOS SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD ROSARIO 2022”, un evento multideportivo del ciclo olímpico organizado en conjunto por la Municipalidad de la Ciudad de Rosario, la PROVINCIA DE SANTA FE y el Gobierno Nacional, que contará con la presencia de más de DOS MIL QUINIENTOS (2.500) atletas de CATORCE (14) a DIECISIETE (17) años de edad, provenientes de QUINCE (15) países del continente, convirtiéndose así en la competencia más importante que se haya organizado en esa ciudad y en la mencionada provincia desde los Juegos Cruz del Sur del año 1982.

Que en fecha 30 de septiembre de 2021, el Consejo Municipal de la Ciudad de Rosario sancionó el Decreto 60.681 que declara de interés local a este importante evento deportivo.

Que, a los efectos de garantizar el ingreso y la permanencia de las delegaciones extranjeras participantes durante toda la competencia, el día 9 de marzo de 2022, el señor Intendente de la Ciudad de Rosario remitió nota a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, en la que expone la importancia que representa esta celebración para la ciudad, no sólo dentro de lo estrictamente deportivo, sino también en lo atinente a las áreas educativas, social, de promoción económica y cultural, estimando una concurrencia aproximada de UN MILLÓN (1.000.000) de personas, por lo que solicita a esta Repartición Nacional disponer un procedimiento ágil y simplificado que garantice celeridad al momento del ingreso al país de los atletas, así como la concesión de la correspondiente categoría migratoria durante su plazo de permanencia.

Que en fecha 8 de abril de 2022 las autoridades del COMITÉ OLÍMPICO ARGENTINO, mediante nota COA-SG-NOTA N° 053/22, remitieron comunicación al Comité Organizador de los “III JUEGOS SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD ROSARIO 2022” en donde ponen en su conocimiento que la máxima entidad olímpica del país ha declarado de interés deportivo nacional su celebración.

Que la Ley N° 25.871 y su Decreto Reglamentario N° 616/10 regulan la admisión, la permanencia y el egreso de personas al Territorio Nacional.

Que el artículo 24 inciso h) de la mencionada ley prevé la situación de extranjeros que invoquen razones que justifiquen a juicio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES un tratamiento especial.

Que el Decreto N° 616/10 establece que para los casos en que se justifique un tratamiento especial, la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES podrá dictar disposiciones de carácter general que prevean los recaudos a cumplimentar para ser admitidos como residentes transitorios especiales.

Que resulta suficientemente demostrada la relevancia que revisten los “III JUEGOS SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD ROSARIO 2022”, en tanto certamen continental de alto rendimiento de deportistas amateurs, en donde jóvenes de todos los países de la región se encontrarán en la REPÚBLICA ARGENTINA para llevar adelante una sana competencia, al tiempo que el pueblo de la Ciudad de Rosario experimentará el impacto positivo en las áreas económicas, turísticas, educativas y culturales, por lo que se torna procedente dar curso a lo previsto en el artículo 17 inciso a) del Decreto N° 616/10, y dictar disposición que simplifiquen y agilicen los trámites administrativos tendientes a regularizar la situación migratoria de los extranjeros en el país.

Que la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA - JURÍDICA y la DIRECCIÓN GENERAL DE INMIGRACIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 25.871 y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 616 del 3 de mayo de 2010, el artículo 29 de la Ley N° 25.565 y los Decretos N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y Nº 59 del 23 de diciembre de 2019.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Concédase residencia transitoria especial a tenor de lo normado en el artículo 24 inciso h) de la Ley N° 25.871 y del Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010, por el término de TREINTA (30) días a los integrantes de las delegaciones participantes en los “III JUEGOS SURAMERICANOS DE LA JUVENTUD ROSARIO 2022”, que se desarrollarán entre los días 28 de abril y 8 de mayo del corriente año.

ARTÍCULO 2º.- Exímase del visado consular en la categoría prevista a aquellos integrantes de las delegaciones participantes alcanzados por lo dispuesto en el artículo 1° de la presente medida, cuando por su nacionalidad no requieran visa para ingresar a la REPÚBLICA ARGENTINA al amparo del artículo 24 inciso a) de la Ley N° 25.871.

ARTÍCULO 3º.- Por la DIRECCIÓN GENERAL DE MOVIMIENTO MIGRATORIO de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES instrúyase al personal que cumple funciones de control migratorio en los pasos fronterizos.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Maria Florencia Carignano

e. 25/04/2022 N° 26369/22 v. 25/04/2022

Fecha de publicación 25/04/2022