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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE

Decreto 214/2022

DCTO-2022-214-APN-PTE - Designaciones.

Ciudad de Buenos Aires, 26/04/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-88003022-APN-DGD#MTR, los Decretos Nros. 556 del 24 de agosto de 2021 y 833 del 6 de diciembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 1° del Decreto N° 556/21 se creó el ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE como organismo descentralizado con autarquía administrativa, funcional y económico-financiera en el ámbito jurisdiccional del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con personería jurídica propia y capacidad para actuar en el ámbito del derecho público y privado.

Que el artículo 2° de la citada norma establece que el ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE tendrá la misión de velar por la calidad y adecuada prestación de los servicios, la debida protección de los usuarios y las usuarias, el resguardo de los bienes de dominio público y privado del ESTADO NACIONAL y el cumplimiento de las leyes, reglamentos y marcos contractuales y regulatorios mediante el ejercicio de la actividad de auditoría, control, inspección, regulación y seguimiento de las materias administrativas, ambientales primarias, económico-financieras, legales, determinación y/o modificación de traza, tarifarias y técnicas de los contratos de concesión de obra pública y otros que pudieran realizarse para el desarrollo de trabajos de modernización, ampliación, operación y mantenimiento del sistema de señalización y balizamiento, de dragado y redragado, control hidrológico y/o de actividades complementarias a aquellos, sobre la vía navegable troncal comprendida entre el kilómetro 1238 del RÍO PARANÁ, punto denominado Confluencia, hasta la Zona de Aguas Profundas Naturales, en el RÍO DE LA PLATA exterior, y de aquellos sectores que el PODER EJECUTIVO NACIONAL le asigne en el futuro.

Que, asimismo, el artículo 3° de dicho decreto determinó que la dirección del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE estará a cargo de un CONSEJO DIRECTIVO integrado por QUINCE (15) miembros, con carácter “ad honorem”, de los cuales UNO (1) será su Presidente o Presidenta; UNO (1), su Vicepresidente 1° o Vicepresidenta 1ª; UNO (1), su Vicepresidente 2° o Vicepresidenta 2ª; UNO (1), su Vicepresidente 3° o Vicepresidenta 3ª y los restantes se desempeñarán como Vocales.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 833/21 se designó como Presidente del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE al señor Ariel Bernardo SUJARCHUK (D.N.I. N° 22.708.497).

Que a efectos de integrar el citado CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, se recibieron las propuestas del MINISTERIO DE TRANSPORTE, del MINISTERIO DEL INTERIOR, del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y de los Gobernadores de las Provincias signatarias del ACUERDO FEDERAL HIDROVÍA, de SANTA FE, BUENOS AIRES, CHACO, ENTRE RÍOS, FORMOSA, MISIONES y CORRIENTES, quienes en el ámbito de sus respectivas competencias elevaron sus propuestas de los miembros Vocales, conforme lo establecido por el artículo 3°, incisos b., c., d. y e. del referido Decreto N° 556/21.

Que, en virtud de lo expuesto, corresponde proceder a designar con carácter “ad honorem” a los miembros del citado CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, ajustándose su composición a la paridad de género, conforme lo previsto por el artículo 3° “in fine” del Decreto N° 556/21.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 3° del Decreto N° 556/21.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, con carácter “ad honorem”, al señor Hernán Darío ORDUNA (D.N.I. N° 7.992.633) en el cargo de Vicepresidente 1° del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase, con carácter “ad honorem”, a la señora María Florencia CARIGNANO (D.N.I. N° 26.681.142) en el cargo de Vicepresidenta 2ª del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase, con carácter “ad honorem”, a la señora Pamela Verónica MORALES (D.N.I. N° 29.410.664) en el cargo de Vicepresidenta 3ª del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 4°.- Desígnanse, con carácter “ad honorem”, a los señores y las señoras Abel Nicolás de MANUELE (D.N.I. N° 12.656.586), Micaela MORAN (D.N.I. N° 31.409.736), Nicolás CEVELA (D.N.I. N° 22.929.784), Claudio Alejandro SEHTMAN Y CAVO (D.N.I. N° 29.317.822), María Candelaria GONZÁLEZ DEL PINO (D.N.I. N° 25.610.709), Julio César RODRÍGUEZ SIGNES (D.N.I. N° 14.718.372), María Isabel ESPINOZA (D.N.I. N° 20.221.243), María Constanza PRAUSE (D.N.I. N° 28.047.628), Mariela Inés BEMBI (D.N.I. N° 26.690.316), Ricardo Enrique BABIAK (D.N.I. N° 25.199.404) y Adolfo Federico ESCOBAR DAMUS (D.N.I. N° 25.052.164) como Vocales del CONSEJO DIRECTIVO del ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Alexis Raúl Guerrera

e. 27/04/2022 N° 27935/22 v. 27/04/2022

Fecha de publicación 27/04/2022