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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 583/2022

RESOL-2022-583-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 02/05/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2021-113682449- -APN-DGD#MC, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 260 de fecha 12 de marzo de 2020 y Nº 297 de fecha 19 de marzo de 2020, sus prórrogas y modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 1428 de fecha 10 de agosto de 2020, la Resolución Nº 2641 de fecha 22 de junio de 2011 de la entonces SECRETARÍA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y la Resolución Nº 1027 de fecha 12 de agosto de 2021 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que en el marco de la situación sanitaria y las dificultades que afectaron al funcionamiento de los espacios ligados a la cultura comunitaria, así como en el proceso de reactivación de dichos espacios, el MINISTERIO DE CULTURA aprobó, mediante la Resolución M.C. Nº 1027/21 (RESOL-2021-1027-APN-MC), el otorgamiento de UN (1) APORTE ECONÓMICO EXTRAORDINARIO en concepto de Subsidio, destinado a las organizaciones sociales que conforman la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA, y su Reglamento Técnico de la Convocatoria que como ANEXO (IF-2021-73448540-APN-DNDYCC#MC) forma parte integrante de la citada medida.

Que dicha ayuda está destinada al sostenimiento de dichas organizaciones y a la atención de los gastos relacionados con su objeto.

Que el equipo del PROGRAMA PUNTOS DE CULTURA, en los términos previstos en el apartado 5) de la Resolución M.C. Nº 1027/21 (RESOL-2021-1027-APN-MC), ha efectuado la revisión de la documentación formal necesaria para acceder al subsidio, presentada por cada una de las organizaciones inscriptas.

Que, concretado dicho análisis, y de acuerdo a los datos requeridos y a la documentación de postulación exigida en el apartado 8) de dicha norma, para las organizaciones integrantes de la red, oportunamente seleccionadas entre la PRIMERA y la QUINTA convocatoria del programa, se ha elaborado la nómina de organizaciones beneficiarias de acuerdo al detalle incorporado en el ANEXO (IF-2022-33747945-APN-DNDYCC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

Que, asimismo, corresponde aprobar la nómina de organizaciones beneficiarias de acuerdo al detalle incorporado en el ANEXO (IF-2022-33747945-APN-DNDYCC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

Que por el apartado 6) de la Resolución M.C. Nº 1027/21 (RESOL-2021-1027-APN-MC) el pago del presente beneficio se instrumentará mediante transferencia bancaria efectuada por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, que oficia como entidad pagadora, en los términos del Convenio Nº CONVE-2020-87787831-APNDGD#MC.

Que, asimismo, corresponde efectuar el pago al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, originado en la prestación de dicho servicio, de conformidad con lo establecido en los artículos 12 y 13 del citado Convenio.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD han tomado la intervención de sus competencias.

Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, mediante el Decreto Nº 882/21 de prórroga de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4 de fecha 5 de enero de 2022 (DECAD-2022-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorias y los Decretos Nº 101/85 y Nº 1344/07 y sus modificatorios y la Resolución M.C. Nº 1027/21.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Nómina de Beneficiarios del APORTE ECONÓMICO EXTRAORDINARIO en concepto de Subsidio, destinado a las organizaciones sociales que conforman la RED NACIONAL DE PUNTOS DE CULTURA, conforme el detalle incorporado en el ANEXO (IF-2022-33747945-APN-DNDYCC#MC) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Transferir al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA MIL ($1.160.000.-), destinada el pago en favor de los beneficiarios que integran la nómina aprobada en el Artículo 1° de la presente resolución.

ARTÍCULO 3º.- Transferir al BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA la suma total de PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO CON 64/00 ($464,64.-) en concepto de compensación correspondiente al servicio prestado, de conformidad con lo ordenado en el artículo precedente.

ARTÍCULO 4º.- Los comprobantes que se presenten como rendición deberán ajustarse a lo dispuesto en la Resolución S.C. N° 2329/08 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/05/2022 N° 29524/22 v. 03/05/2022

Fecha de publicación 03/05/2022