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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 151/2022

RESOL-2022-151-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 01/02/2022

VISTO el EX-2020-34321241- -APN-MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744, (t.o.1.976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o.2.004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 12/13 del IF-2020- 34322155-APN-MT del EX-2020-34321241- -APN-MT, obra agregado el acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA – Seccional San Nicolás, por el parte sindical, y la OBRA SOCIAL ACEROS PARANA, por el sector empleador, cuya homologación las partes solicitan conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que dicho acuerdo ha sido ratificado por la entidad sindical central, conforme presentación obrante en la página 1 del RE-2020-40683773-APN-DGDMT#MPYT del EX-2020-40683854-APN-DGDMT#MPYT que tramita conjuntamente con el EX-2020-34321241- -APN-MT.

Que bajo dicho acuerdo las partes convienen el pago de una gratificación extraordinaria, conforme surge de los lineamientos estipulados en el mismo.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del referido acuerdo encuentra concordancia entre la actividad de la empleadora firmante, y los ámbitos de representación personal y actuación territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su Personería Gremial.

Que en relación con el carácter atribuido a la asignación pactada corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley N° 20.744 (t.o. 1976).

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que, por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO -2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declarase homologado el acuerdo suscripto entre la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA – Seccional San Nicolás, por la parte sindical, y la OBRA SOCIAL ACEROS PARANA, por la parte empleadora, obrante en las páginas 12/13 del IF-2020- 34322155-APN-MT del EX-2020-34321241- -APN-MT, conjuntamente con la ratificación de la UNION OBRERA METALURGICA DE LA REPUBLICA ARGENTINA – entidad central que luce en la página 1 del RE-2020-40683773-APN-DGDMT#MPYT del EX-2020-40683854-APN-DGDMT#MPYT que tramita junto al EX-2020-34321241- -APN-MT, conforme lo dispuesto por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin del registro de los instrumentos obrantes respectivamente en las páginas 12/13 del IF-2020- 34322155-APN-MT del EX-2020-34321241- -APN-MT conjuntamente con la página 1 del RE-2020-40683773-APN-DGDMT#MPYT del EX-2020-40683854-APN-DGDMT#MPYT que tramita junto al EX-2020-34321241- -APN-MT.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y ratificación homologados, y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5º de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/05/2022 N° 29654/22 v. 05/05/2022

Fecha de publicación 05/05/2022