Edición del
11 de Diciembre de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 264/2022

RESOL-2022-264-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-28699108- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la FISCALÍA REGIONAL ROSARIO - AGENCIA DE CRIMINALIDAD ORGANIZADA Y DELITOS COMPLEJOS, a cargo del Fiscal Adjunto Doctor David Gabriel CARIZZA, Provincia de Santa Fe, tramita la Investigación Penal Preparatoria CUIJ N° 21-08422046-6, caratulada “NN S/ SUSTRACCIÓN DE MENORES- ART. 146 CP- VICTIMA: BRUNO ALBERTO GENTILETTI”.

Que la mencionada FISCALÍA, mediante Oficio de fecha 11 de marzo de 2022, solicitó a la SUBSECRETARÍA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL Y COOPERACIÓN JUDICIAL, de este Ministerio, se ofrezca una recompensa, destina a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Bruno Alberto GENTILETTI, Argentino, titular del D.N.I. N° 33.449.688, con fecha de nacimiento 18 de junio de 1988, hijo de Claudio Alberto GENTILETTI, y de Marisa DEL VALLE OLGUIN, quien fue visto por última vez en la zona de la costa de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, conocida como balneario de río “La Florida”, barrio Alberdi, el día 2 de marzo de 1997, momento en el que Bruno Alberto GENTILETTI, tenía 8 años de edad.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de Bruno Alberto GENTILETTI, Argentino, titular del D.N.I. N° 33.449.688, con fecha de nacimiento 18 de junio de 1988, quien fue visto por última vez en la zona de la costa de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, conocida como balneario de río “La Florida”, barrio Alberdi, el día 2 de marzo de 1997.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como (IF-2022-29168391-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/05/2022 N° 32997/22 v. 12/05/2022

Fecha de publicación 12/05/2022