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Legislación y Avisos Oficiales
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AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

Resolución 677/2022

RESOL-2022-677-APN-DE#AND

Ciudad de Buenos Aires, 12/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-47129196-APN-UEP#AND, las Leyes N° 24.452 y N° 25.730 y sus normas modificatorias y complementarias, los Decretos N° 153 de fecha 16 de febrero de 1996, N° 1277 de fecha 23 de mayo de 2003, N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007, N° 698 de fecha 5 de septiembre de 2017 y sus modificatorios, N° 868 de fecha 26 de octubre de 2017 y N° 187 de fecha 17 de abril de 2022 y la Resolución AND N° 1204 de fecha 12 de agosto de 2021 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante las Leyes Nros. 24.452 y 25.730 se estableció que los fondos que recaude el Banco Central de la República Argentina, en virtud de las multas previstas en las citadas normas, serán destinados para la aplicación de los programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad, que será administrado por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad, creado por Decreto N° 153/96.

Que mediante Decreto N° 1277/03 se crearon el Fondo Nacional para la Integración de Personas con Discapacidad cuyos recursos serán asignados, monitoreados y ejecutados por el Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad y la Unidad Ejecutora de Proyectos.

Que, asimismo, el Decreto mencionado en el Considerando precedente estableció que el Presidente de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas presidirá y coordinará el funcionamiento del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad.

Que por Decreto N° 698/17 y sus modificatorios se creó la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD, como organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARIA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACION, siendo continuadora de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas con Discapacidad.

Que por Decreto N° 868/17 se mantuvo la vigencia tanto del Comité Coordinador de Programas para Personas con Discapacidad como de la Unidad Ejecutora de Proyectos, ratificando que el Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD cumplirá con todas las funciones que se le atribuyeran al Presidente de la Comisión Nacional Asesora para la Integración de Personas Discapacitadas.

Que por Decreto N° 187/22 se derogaron los Decretos N° 153/96 y N° 1277/03, se crearon el Fondo Nacional para la Inclusión Social de Personas con Discapacidad destinado al financiamiento de programas y proyectos a favor de las personas con discapacidad y el Consejo de Articulación de Programas para Personas con Discapacidad, el cual tiene a su cargo la administración, diseño y aprobación de los programas del fondo antes mencionado como así también la determinación de los criterios, requisitos y condiciones para su acceso, y se establecieron los objetivos de la Unidad Ejecutora de Proyectos.

Que por conducto de la Resolución AND N° 1204/21 se aprobaron los “LINEAMIENTOS GENERALES OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS DE LOS PROGRAMAS ENMARCADOS EN EL FONDO NACIONAL PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD” (Anexo I), los cuales contienen la reglamentación para la solicitud, trámite y otorgamiento de subsidios referidos al citado Fondo Nacional, y el “INSTRUCTIVO PARA LA RENDICION DE CUENTA DOCUMENTADA DE LA INVERSION DE LOS FONDOS PARA PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” (Anexo II), el cual detalla la reglamentación del trámite y documentación respaldatoria que debe presentarse para la correspondiente rendición de cuentas de los subsidios otorgados.

Que en orden a las necesidades coyunturales y al proceso de reordenamiento que le incumbe a la gestión diaria de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD resulta conveniente y oportuno dejar sin efecto la Resolución AND N° 1204/21 y formalizar una normativa que apruebe tanto los nuevos “LINEAMIENTOS GENERALES OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS DE PROGRAMAS DEL FONDO NACIONAL PARA LA INCLUSION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FONADIS)” (Anexo I) como el nuevo “INSTRUCTIVO PARA LA RENDICION DE CUENTA DOCUMENTADA DE LA INVERSION DE LOS FONDOS PARA PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD” (Anexo II).

Que la medida en cuestión apunta a asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites administrativos, atendiendo a razones operativas y de una eficiente continuidad de la actividad estatal, teniendo en cuenta la razonabilidad y la oportunidad, mérito o conveniencia de las decisiones a adoptarse.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Decretos Nros. 698/17 y sus modificatorios y 935/20.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución AND N° 1204 de fecha 12 de agosto de 2021 en virtud de los motivos esgrimidos en los Considerandos del presente acto administrativo.

ARTICULO 2°.- Apruébanse los nuevos “LINEAMIENTOS GENERALES OPERATIVOS Y ADMINISTRATIVOS DE PROGRAMAS DEL FONDO NACIONAL PARA LA INCLUSION SOCIAL DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD (FONADIS)” y el nuevo “INSTRUCTIVO PARA LA RENDICION DE CUENTA DOCUMENTADA DE LA INVERSION DE LOS FONDOS PARA PROGRAMAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD”, que como Anexo I (IF-2022-47332815-APN-UEP#AND) y Anexo II (IF-2022-44925713-APN-UEP#AND), respectivamente, forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fernando Gaston Galarraga

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/05/2022 N° 33635/22 v. 13/05/2022

Fecha de publicación 13/05/2022