NOTA ACLARATORIA - ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 125/2022
En la edición del Boletín Oficial N° 34.870 del día martes 3 de marzo de 2022, donde se publicó la citada norma en la página 55, aviso N° 11263/22, se deslizó un error en el contenido de la medida por parte del organismo emisor. En razón de ello, se procede a su republicación:
RESOL-2022-125-APN-ENACOM#JGM FECHA 24/02/2022 ACTA 76
EX-2020-48936456-APN-REYS#ENACOM
El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Otorgar al señor Pablo Javier LOPEZ Licencia para la prestación de Servicios TICs, sean fijos o móviles, alámbricos o inalámbricos, nacionales o internacionales, con o sin infraestructura propia. 2.- Insacribir al señor Pablo Javier LOPEZ en el Registro de Servicios TIC los Servicios de Valor Agregado – Acceso a Internet y de Radiodifusión por Suscripción mediante Vínculo Físico y/o Radioeléctrico. 3.- La presente licencia no presupone la obligación del ESTADO NACIONAL, de garantizar la disponibilidad de frecuencias del espectro radioeléctrico, para la prestación de los servicios registrados, debiendo la autorización, y/o el permiso de uso de frecuencias del espectro radioeléctrico, tramitarse ante organismo. 4.- Notifíquese al interesado. 5.- Comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas
Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.
e. 19/05/2022 N° 34837/22 v. 19/05/2022
Fecha de publicación 19/05/2022