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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

Resolución 261/2022

RESOL-2022-261-APN-ANAC#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 21/05/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-49211510-APN-ANAC#MTR,el Decreto N° 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, la Resolución N° 225 de fecha 4 de diciembre de 2009 de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), la Parte 139 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC) y

CONSIDERANDO:

Que por expediente citado en el Visto, tramita el cronograma de Certificación de Aeródromos Internacionales.

Que como parte de los compromisos internacionales que asumiera el Estado Argentino como país adherente al Convenio de Aviación Civil Internacional – Convenio de Chicago 1944, esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) debe establecer una reglamentación compatible con las normas y métodos recomendados de la ORGANIZACIÓN DE AVIACIÓN CIVIL INTERNACIONAL (OACI).

Que, por Resolución ANAC N° 17- E de fecha 3 de enero de 2019 se aprobó la Primera Edición de la Parte 139 “Certificación de Aeródromos” de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACIÓN CIVIL (RAAC).

Que la citada Regulación exige que todo explotador de aeródromo de uso público donde se hayan autorizado operaciones de transporte aéreo regular internacional, deberá contar con un certificado de aeródromo otorgado por la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC).

Que si bien se ha iniciado el proceso de certificación de aeródromos en la REPÚBLICA ARGENTINA, se torna necesario establecer un cronograma de certificación de aeródromos que permita dar previsibilidad a las acciones y a la asignación de recursos disponibles tanto para los explotadores de aeródromos, como para esta ANAC.

Que el citado cronograma fue consensuado previamente con los explotadores de aeródromos internacionales, de forma tal de aunar los recursos necesarios en pos de lograr el objetivo de certificación trazado por esta ANAC en línea con los objetivos estratégicos de la OACI.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependientes de la DIRECCIÓN GENERAL LEGAL, TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA (DGLTYA) de esta ANAC, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en el Decreto 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007.

Por ello,

LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébese el Cronograma para la Certificación de Aeródromos Internacionales, que, como Anexo GDE IF-2022-50697564-APN-DGIYSA#ANAC, forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Facúltese a la Dirección de Aeródromos, dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIYSA) dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), a fiscalizar el cumplimiento del Cronograma para la Certificación de Aeródromos Internacionales aprobado.

ARTÍCULO 3°.- Facúltese a la DGIYSA de la ANAC a prorrogar los plazos establecidos en el cronograma aprobado por la presente resolución, por motivos debidamente acreditados, los cuales deberán ser expresamente fundados por parte del explotador de aeródromo.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese al ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA), para su correspondiente comunicación a los concesionarios de aeropuertos.

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese a la DGIYSA de la ANAC y a la Dirección de Aeródromos dependiente de la DGIYSA de la ANAC para su intervención.

ARTÍCULO 6°.- Difúndase mediante las publicaciones de información aeronáutica y sitio “web” institucional de esta Administración Nacional.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL y cumplido, archívese

Paola Tamburelli

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en: https://www.argentina.gob.ar/anac/normativa/resoluciones-y-disposiciones

e. 24/05/2022 N° 36904/22 v. 24/05/2022

Fecha de publicación 24/05/2022