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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1031/2022

RESOL-2022-1031-APN-ENACOM#JGM FECHA 24/05/2022 ACTA 78

EX-2019-38417481-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Aprobar la transferencia de titularidad de la licencia del servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia identificado con la señal distintiva LRM924, en la frecuencia 105.9 MHz., canal 290, Categoría E, en la ciudad de BAHÍA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES, cuyos antecedentes administrativos fueran consignados en los considerandos, de Nicolás BROGIN, a favor de la firma PROYECTOS TREBEL S.R.L.. 2.- Dejar establecido que la licenciataria se encuentra integrada por César Hernán TREFFINGER y Rebeca Marisol BELTRÁN, titulares, cada uno de ellos, de 7.050 cuotas partes, que sumadas representan el 100 % del capital social. 3.- Dentro del plazo de 90 días corridos de notificada la presente, la licenciataria deberá cumplimentar con la presentación de las declaraciones juradas y pagos del gravamen a los servicios de comunicación audiovisual, bajo apercibimiento de declarar la caducidad del presente acto administrativo. 4.- Habillitar las instalaciones correspondientes al servicio citado en el Artículo 1°, para operar en la frecuencia 105.9 MHz., canal 290, Categoría E, cuyo domicilio de estudios y de planta transmisora se encuentra ubicado en la calle Alsina N° 19, piso 13, de la ciudad de BAHÍA BLANCA, provincia de BUENOS AIRES, correspondiendo las coordenadas geográficas Latitud Sur 38° 43’ 08” y Longitud Oeste 62° 15’ 53”. 5.- Proceder a la devolución de la garantía de cumplimiento de las obligaciones emergentes de la adjudicación de licencia oportunamente constituida. 6.- Establecer que la licenciataria deberá dar cumplimiento a lo dispuesto por la Resolución Nº 3.690-CNC/04. 7.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 8.- Dentro del plazo de 15 días hábiles de notificada la presente, la licenciataria deberá presentar la declaración jurada rectificativa de la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 9.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 27/05/2022 N° 37909/22 v. 27/05/2022

Fecha de publicación 27/05/2022