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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decisión Administrativa 532/2022

DECAD-2022-532-APN-JGM - Licitación Pública N° 82-0137-LPU21.

Ciudad de Buenos Aires, 26/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-122551097-APN-DC#ME, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita la Licitación Pública N° 82-0137-LPU21 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, autorizada por la Resolución N° 43 de fecha 6 de enero de 2022 del mencionado organismo, llevada a cabo para la adquisición de netbooks educativas en el marco del Programa CONECTAR IGUALDAD, solicitada por la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INFORMÁTICA del citado Ministerio.

Que, asimismo, por la mencionada resolución se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares correspondiente a la precitada licitación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO tomó intervención, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 8° de la Ley N° 27.437, los artículos 21 a 24 del Anexo al Decreto N° 800/18 y los artículos 12 y 15 de la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 91/18 y sus modificaciones.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 10 de febrero de 2022 surge la presentación de las ofertas de las firmas AIR S.R.L., GRUPO NÚCLEO S.A., CORADIR S.A., INFORMÁTICA FUEGUINA S.A., AGEN S.A., EXO S.A., NEWSAN S.A., NOVATECH SOLUTIONS S.A. y PC ARTS ARGENTINA S.A..

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN informó que “Habiéndose realizado un pormenorizado análisis del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, se observa que los bienes solicitados devienen específicos atento que los mismos no resultan de uso común, como así también debido a sus particulares características técnicas (…) En ese contexto, se pone en su conocimiento que, en virtud de lo establecido en el Art. 3º Inciso e) del Anexo I de la Resolución SIGEN Nº 36-E/2017, las compras de bienes y contrataciones de servicios que no respondan a las condiciones de ´normalizados o de características homogéneas´ o ´estandarizados o de uso común´, se encuentran excluidas del Control de Precios Testigo, sin distinción del procedimiento de selección empleado por el contratante”.

Que la DIRECCIÓN DE GESTIÓN INFORMÁTICA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN elaboró un Informe Técnico referido a las ofertas presentadas, en donde se determinó el cumplimiento por parte de estas de las especificaciones técnicas requeridas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, en función de los análisis administrativos, económicos, financieros y técnicos preliminares y la documentación obrante en las actuaciones, emitió el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 7 de abril de 2022.

Que en el mencionado Dictamen de la Comisión Evaluadora se aconsejó adjudicar los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10, todos en forma parcial, a las firmas: INFORMÁTICA FUEGUINA S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 40/00 (USD 65.184.141,40); NEWSAN S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 40/00 (USD 64.794.196,40); AGEN S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHENTA Y SIETE CON 50/00 (USD 48.825.087,50); PC ARTS ARGENTINA S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 40/00 (USD 38.052.939,40); CORADIR S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES MILLONES CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO (USD 33.050.431); EXO S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA (USD 27.363.980); GRUPO NÚCLEO S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO QUINCE CON 20/00 (USD 39.450.115,20); NOVATECH SOLUTIONS S.A. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 40/00 (USD 33.489.896,40) y AIR S.R.L. por el importe total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 90/00 (USD 39.456.952,90).

Que la Dirección de Contrataciones del MINISTERIO DE EDUCACIÓN informó que no se presentaron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública N° 82-0137-LPU21 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, llevada a cabo para la adquisición de netbooks educativas y unidades de repuestos, incluyendo el servicio de garantía, solicitada por la DIRECCIÓN GENERAL DE INFORMÁTICA del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma INFORMÁTICA FUEGUINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-71158891-0) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y UNO CON 40/00 (USD 65.184.141,40).

ARTÍCULO 3°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma NEWSAN S.A. (C.U.I.T. N° 30-64261755-5) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SESENTA Y CUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 40/00 (USD 64.794.196,40).

ARTÍCULO 4°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma AGEN S.A. (C.U.I.T. N° 30-71085732-2) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHENTA Y SIETE CON 50/00 (USD 48.825.087,50).

ARTÍCULO 5°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma PC ARTS ARGENTINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-70860230-9) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y OCHO MILLONES CINCUENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 40/00 (USD 38.052.939,40).

ARTÍCULO 6°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma CORADIR S.A. (C.U.I.T. N° 30-67338016-2) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES MILLONES CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UNO (USD 33.050.431).

ARTÍCULO 7°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma de EXO S.A. (C.U.I.T. N° 30-57960755-2) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES VEINTISIETE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS OCHENTA (USD 27.363.980).

ARTÍCULO 8°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma GRUPO NÚCLEO S.A. (C.U.I.T. N° 30-70933244-5) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CIENTO QUINCE CON 20/00 (USD 39.450.115,20).

ARTÍCULO 9°.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma NOVATECH SOLUTIONS S.A. (C.U.I.T. N° 33-70901429-9) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 40/00 (USD 33.489.896,40).

ARTÍCULO 10.- Adjudícanse parcialmente los renglones N° 1, N° 2, N° 3, N° 4, N° 5, N° 6, N° 7, N° 8, N° 9 y N° 10 a la firma AIR S.R.L. (C.U.I.T. N° 30-57013558-5) por la suma total de DÓLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 90/00 (USD 39.456.952,90)

ARTÍCULO 11.- Autorízase a la Dirección de Contrataciones del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a emitir las órdenes de compra respectivas.

ARTÍCULO 12.- Autorízase al Ministro de Educación a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes, respecto de la contratación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 13.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

ARTÍCULO 14.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 15.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Jaime Perczyk

e. 30/05/2022 N° 38319/22 v. 30/05/2022

Fecha de publicación 30/05/2022