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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 774/2022

RESOL-2022-774-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-48927515- -APN-DGD#MC, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal de Orquestas, Coros y Ballets Nacionales, homologado por Decreto N° 973 de fecha 18 de junio de 2008, la Decisión Administrativa N° 1428 de fecha 7 de agosto de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Decisión Administrativa N° 1428/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CULTURA, contemplándose, entre otras unidades del primer nivel operativo, la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES, cuya responsabilidad primaria consiste en promover, difundir y apoyar las actividades musicales y coreográficas de los cuerpos artísticos del MINISTERIO DE CULTURA, generando la proyección nacional e internacional de la música y la danza como componentes fundamentales de la cultura argentina.

Que bajo la dependencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES funciona, entre otros, el CORO NACIONAL DE JÓVENES, que ha desarrollado un repertorio de carácter latinoamericano “a capella” con un alto grado de profesionalización que lo distingue entre los cuerpos artísticos del Ministerio.

Que la consolidación de dicho elenco musical, dada por la continuidad de un mismo grupo de coreutas, ha favorecido el equilibrio sonoro general y la cohesión de voces dentro de una misma cuerda.

Que el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal de Orquestas, Coros y Ballet Nacionales dependiente del MINISTERIO DE CULTURA, homologado por el Decreto N° 973/08, limita hasta los TREINTA (30) años la edad de los integrantes del CORO NACIONAL DE JÓVENES.

Que con el objeto de consolidar un Coro inclusivo y que comprenda a todos y todas sus integrantes con independencia del requisito etario, el mentado Convenio Colectivo se encuentra en proceso de modificación.

Que frente a dicha circunstancia y atento los fundamentos expresados precedentemente, se considera conveniente modificar la denominación del “CORO NACIONAL DE JÓVENES”, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, el cual pasará a denominarse “CORO NACIONAL DE MÚSICA ARGENTINA”.

Que la medida propiciada no implica erogación presupuestaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 4, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N°438/92) y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer que el “CORO NACIONAL DE JÓVENES”, cuerpo artístico estable que funciona en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ORGANISMOS ESTABLES dependiente de la SECRETARÍA DE GESTIÓN CULTURAL, pasará a denominarse “CORO NACIONAL DE MÚSICA ARGENTINA”, debiendo considerarse sustituida por tal denominación cada vez que se hace referencia al citado en primer término.

ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

e. 30/05/2022 N° 38583/22 v. 30/05/2022

Fecha de publicación 30/05/2022