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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1204/2022

RESOL-2022-1204-APN-ENACOM#JGM FECHA 06/06/2022 ACTA 78

EX-2021-99155060-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1- Adjudícar a la firma AIRES DE CENTRO SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA integrada por la señora Maria Laura TOSOLINI, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia que operará en el canal 220, frecuencia 91.9 MHz., categoría E, identificada con la señal distintiva LRT325, de la localidad de LA CUMBRE, provincia de CÓRDOBA, de acuerdo con lo establecido por el Artículo 4º del Decreto Nº 310/98 modificado por el Decreto Nº 883/01, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente. 2.- El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 3.- Otorgar un plazo de 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que la licenciataria envíe la documentación técnica exigida en el Título V del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Anexo III integra la Resolución Nº 672-SG/06. 4.- El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el Artículo 16.1 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS CUARENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA ($ 49.440), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido Artículo, dentro de los 30 días corridos de publicada la presente. 5.- Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la “DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL”. 6.- La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7.- El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importara la caducidad del presente acto de adjudicación 8.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: ww.enacom.gob.ar/normativas

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 08/06/2022 N° 42137/22 v. 08/06/2022

Fecha de publicación 08/06/2022