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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 874/2022

RESOL-2022-874-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-02625569-APN-GG#SSS, las Leyes Nº 23.660, Nº 23.661, los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, y Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012, y

CONSIDERANDO

Que en fecha 24 de mayo de 2022, esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD suscribió con el CENTRO DE DESARROLLO y ASISTENCIA TECNOLÓGICA (CEDyAT) un CONVENIO ESPECIFICO N°3.

Que el Convenio celebrado tiene por objeto la colaboración y promoción de asistencia tecnológica para la ejecución del “Programa Integral de Digitalización y Regularización de Gestión de Hospitales Públicos de Gestión Descentralizada”, cuyos fundamentos, antecedentes, actividades y detalles de servicios se describen en el Anexo I.

Que la competencia, facultades y atribuciones de esta SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD emana de las Leyes y Decretos citados en el VISTO y en ese marco reglamentario se encuentra facultada para entender en la celebración de convenios de colaboración y/o capacitación con otras entidades, instituciones u organismos, en tanto se relacionen con el funcionamiento y/o desarrollo de los objetivos específicos del Organismo.

Que, en consecuencia, corresponde dictar el presente Acto Administrativo aprobando el convenio suscripto.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996; Nº 2710 de fecha 28 de diciembre de 2012 y N° 307 de fecha 07 de mayo de 2021.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Apruébase el CONVENIO ESPECIFICO N° 3 entre la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD (SSSALUD) y el CENTRO DE DESARROLLO y ASISTENCIA TECNOLÓGICA (CEDyAT) celebrado en fecha 24 de mayo de 2022, que como IF-2022-52495017-APN-SSS#MS forma parte integrante de la presente.

ARTICULO 2º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente, archívese.

Daniel Alejandro Lopez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/06/2022 N° 42247/22 v. 09/06/2022

Fecha de publicación 09/06/2022