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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1213/2022

RESOL-2022-1213-APN-ENACOM#JGM FECHA 7/6/2022 ACTA 78

EX-2021-99845338-APN-AMEYS#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Adjudicar a la firma CADENA MUSIC S. A., integrada por el señor César Andrés DANTAS con una participación del 90% en la formación de la voluntad social y la señora Gladis Mafalda ESPENSA, con una participación del 10% en la formación de la voluntad social, respectivamente, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual por modulación de frecuencia que operará en el canal 270, frecuencia 101.9 MHz., categoría E, identificada con la señal distintiva LRM867, de la localidad de NECOCHEA, provincia de BUENOS AIRES. 2 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud de la licenciataria. 3 - Otorgar un plazo de 120 días corridos contados a partir de la publicación de la presente, para que la licenciataria envíe la documentación técnica exigida en el Título III del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares que como Capítulo III integra la Resolución Nº 16-COMFER/99. 4 - El monto de la garantía de cumplimiento de contrato a que hace referencia el Artículo 13 del Pliego de Bases y Condiciones, asciende a la suma de PESOS VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO ($29.955)), debiendo el depósito constituirse en alguna de las modalidades prescriptas en el referido Artículo, dentro de los 30 días corridos de publicada la presente. 5 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, la licenciataria, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 6 - La licenciataria asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 7 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importara la caducidad del presente acto de adjudicación. 8 - Notifíquese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 09/06/2022 N° 42448/22 v. 09/06/2022

Fecha de publicación 09/06/2022