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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

Resolución 75/2022

RESFC-2022-75-APN-CD#INTI

Ciudad de Buenos Aires, 08/06/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2022-48545692-APN-DA#INTI, el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, las Resoluciones del CONSEJO DIRECTIVO Nros. 8, de fecha 16 de marzo de 2018 y 3, de fecha 29 de enero de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, fue creado el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.

Que por la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 8/18, se aprobó la Política de Aranceles del Instituto, en la que se fijan las pautas generales para determinar la metodología de arancelamiento de los servicios, a ser aplicada por el Sistema de Centros de Investigación y Desarrollo y los Programas, con excepción de aquellos que estén regulados por reglamentaciones y/o disposiciones específicas.

Que por el Anexo V de la precitada Resolución, se establecieron los valores horas hombre para los Servicios Sistematizados y No Sistematizados, y de los costos indirectos del Instituto, los que posteriormente fueron actualizados mediante la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3/20.

Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, a través de la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS, tiene a su cargo determinar los costos y proponer los aranceles para la prestación de los servicios ofrecidos por el Instituto.

Que la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS, mediante el IF-2022-48573515-APN-SOIYC#INTI obrante en el orden número 2 de las actuaciones citadas en el VISTO, luego de un trabajo conjunto con las áreas operativas interesadas, propuso actualizar los valores de las horashombre para los Servicios Sistematizados y No Sistematizados y de los costos indirectos previstos en la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3/20, de conformidad al IF-2022-48559005-APN-SOIYC#INTI.

Que asimismo, la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INVERSIONES Y COSTOS destacó el tiempo transcurrido desde la aprobación de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3/20 y el atraso en la actualización tarifaria.

Que el artículo 32, Titulo II de la Nº 27.275 - Ley Derecho de Acceso a la Información Pública, ordena que “los sujetos obligados enumerados en el artículo 7° de la presente ley, con excepción de los indicados en sus incisos i) y q), deberán facilitar la búsqueda y el acceso a la información pública a través de su página oficial de la red informática, de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados y procurando remover toda barrera que obstaculice o dificulte su reutilización por parte de terceros.”

Que el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), en su carácter de organismo descentralizado del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se encuentra dentro de los sujetos alcanzados por la Ley Nº 27.275 y debe ajustar su accionar a la normativa precitada.

Que a fin de dotar de transparencia activa y facilitar el libre acceso de las personas a la información referida a los valores de las horas-hombre para los Servicios Sistematizados y No Sistematizados y de los costos indirectos del Instituto, corresponde establecer que los mismos sean publicados en el sitio web www.inti.gob.ar.

Que la DIRECCIÓN DE PLANEAMIENTO Y COMERCIALIZACIÓN, mediante la PV-2022-49162727-APN-DPYC#INTI obrante en el orden número 5 y la PV-2022-49460442-APN-DPYC#INTI obrante en el orden número 9, la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA mediante el IF-2022-50229028-APN-DA#INTI obrante en el orden número 12, la DIRECCIÓN OPERATIVA mediante el IF-2022-50672278-APN-DO#INTI obrante en el orden número 14 y la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, mediante la PV-2022-51476105-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 16, prestaron su conformidad con la medida propiciada.

Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 4°, inciso f) y 8°, inciso e) del Decreto Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467.

Por ello,

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Actualícense, a partir de la fecha de su publicación, los valores de las horas-hombre para los Servicios Sistematizados y No Sistematizados y de los costos indirectos del Anexo V de la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO Nº 8/18, conforme el Anexo I (IF-2022-48559005-APN-SOIYC#INTI), que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Instruyese, a las distintas dependencias y Centros de Investigación y Desarrollo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), para que adecuen los aranceles correspondientes a la prestación de los Servicios Sistematizados y No Sistematizados y de los costos indirectos, a los nuevos valores que se aprueban mediante el artículo 1º de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Instruyese, a la SUBGERENCIA OPERATIVA DE INFORMÁTICA dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, a publicar en el sitio web www.inti.gob.ar, los valores actualizados por el artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Déjese sin efecto la Resolución del CONSEJO DIRECTIVO N° 3/20.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Natalia Del Cogliano - Aldo Hector Lo Russo - Ruben Geneyro

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/06/2022 N° 42958/22 v. 10/06/2022

Fecha de publicación 10/06/2022