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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 321/2022

DCTO-2022-321-APN-PTE - Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la República de Azerbaiyán.

Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-41662240-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, los funcionarios o las funcionarias de las categorías B) y C) podrán ser acreditados o acreditadas temporalmente como Jefe o Jefa de Misión, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario o Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que, oportunamente, la REPÚBLICA DE AZERBAIYÁN concedió el plácet de estilo a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Mariángeles BELLUSCI para su designación como Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República ante dicho Estado.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se encuentra facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Trasládase desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en la REPÚBLICA DE AZERBAIYÁN a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Mariángeles BELLUSCI (D.N.I. N° 17.617.903).

ARTÍCULO 2°.- Desígnase Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria de la República en la REPÚBLICA DE AZERBAIYÁN a la señora Ministra Plenipotenciaria de Primera Clase Mariángeles BELLUSCI.

ARTÍCULO 3°.- Acredítase a la funcionaria mencionada en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.

ARTÍCULO 4°.- Los gastos que demande el cumplimiento del presente decreto se imputarán a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

e. 15/06/2022 N° 44767/22 v. 15/06/2022

Fecha de publicación 15/06/2022