Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

Resolución 327/2022

RESOL-2022-327-APN-MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 15/06/2022

VISTO el Expediente EX-2020-41467990-APN-CGD#MMGYD, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), las Resoluciones N° 95 de fecha 18 de julio de 2020, N° 241 de fecha 8 de octubre de 2020 y N° 260 de fecha 9 de junio de 2021 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 95 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD (MMGyD) de fecha 18 de julio de 2020 (RESOL-2020-95-APN-MMGYD) se creó el Programa Nacional “ARTICULAR” para fortalecer a las organizaciones especializadas en género y diversidad, o que abordan temáticas de género y diversidad en el ámbito de la Unidad Gabinete de Asesores del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

Que mediante la Resolución mencionada anteriormente se aprobaron los Anexos que contienen la información referida a los fundamentos del Programa, criterios de elegibilidad, instancias del proyecto, formulario del proyecto y el modelo de instrumento para ser suscripto.

Que por la Resolución N° 241 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD de fecha 8 de octubre de 2020 (RESOL-2020-241-APN-MMGYD) se aprobó el ANEXO II registrado bajo el IF-2020-67302099- APN-UGA#MMGYD, sustituyéndose el ANEXO II aprobado por la Resolución mencionada en el párrafo precedente.

Que posteriormente mediante la Resolución N° 260 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD de fecha 9 de junio de 2021, se modificaron las resoluciones mencionadas previamente en tanto que, de la experiencia adquirida durante la vigencia del Programa Nacional “ARTICULAR” se advirtió la necesidad de modificar el contenido de los Anexos, con el propósito de simplificar y facilitar el trámite previo a la firma del instrumento que vincula a ambas partes, así como también, para agilizar la ejecución del proyecto, readecuando los requisitos de elegibilidad y el formulario del proyecto, en virtud de garantizar la concreción de los objetivos previstos en el Programa de manera integral y en consonancia con los criterios de celeridad y eficacia.

Que en virtud del tiempo transcurrido desde la Resolución de creación del Programa Nacional “ARTICULAR” y sus modificaciones, se encuentra desactualizado el aporte económico que otorga el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD en concepto de subsidio para la implementación del Programa Nacional “ARTICULAR”, el cual será ejecutado de acuerdo al formulario del proyecto presentado por la organización y aprobado por este MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

Que, en consecuencia, resulta necesario actualizar el aporte económico que otorga el MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD a través del Programa Nacional Articular.

Que en razón de lo expuesto, se requiere dejar sin efecto el ANEXO I “Lineamientos Generales del Programa Nacional Articular” registrado bajo el N° IF-2021-49207466-APN-DAFYRI#MMGYD aprobado por la Resolución N° 260/2021 y sustituirlo por el ANEXO I “Lineamientos Generales del Programa Nacional Articular” registrado bajo el N° IF-2022-57155574-APN-DAFYRI#MMGYD.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado las intervenciones de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones previstas en el artículo 4°, inciso b), punto 6 de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), sus modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° — Apruébase el ANEXO I “Lineamientos Generales del Programa Nacional Articular” registrado bajo el N° IF-2022-57155574-APN-DAFYRI#MMGYD que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2° — Sustitúyase el ANEXO I “Lineamientos Generales del Programa Nacional Articular” registrado bajo el N° IF-2021-49207466-APN-DAFYRI#MMGYD aprobado por la Resolución N° 260 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD de fecha 9 de junio de 2021, por el ANEXO aprobado en el artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido por el Programa 21, Jurisdicción 86, Servicio Administrativo Financiero 386 - MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD.

ARTÍCULO 4° — La presente norma entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 5° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Elizabeth Gómez Alcorta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/06/2022 N° 45175/22 v. 16/06/2022

Fecha de publicación 16/06/2022