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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1202/2022

RESOL-2022-1202-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 16/06/2022

VISTO la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva N° 27.541, los Decretos Nros. 2724 del 31 de diciembre de 2002, 355 del 22 de mayo de 2017, 7 del 10 de diciembre de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 384 del 19 de abril de 2021 y su modificatoria, y la Resolución Ministerial Nº 248 del 19 de febrero de 2020 y el Expediente Nº EX-2022-47150503-APN-DD#MS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 10 del Decreto Nº 2724/2002 se estableció que el MINISTERIO DE SALUD continuará el desarrollo del objetivo de universalizar el Acceso de Medicamentos Genéricos Ambulatorios a través del Programa Nacional de Atención Primaria de la Salud bajo el nombre de “Remediar”.

Que con fecha 23 de diciembre de 2019, en el marco de la Emergencia Pública, se promulgó la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva– Ley Nº 27.541.

Que mediante el artículo 76 de la referida Ley se restableció el desarrollo del objetivo de universalizar el acceso de medicamentos esenciales a través del PROGRAMA NACIONAL “REMEDIAR”, destinado a garantizar la provisión de insumos y medicamentos críticos a través de centros de atención de la salud provinciales o gubernamentales.

Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/1992 y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE SALUD.

Que por el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, creándose la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA, dependiente de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD del citado Ministerio.

Que entre los objetivos otorgados a dicha Subsecretaría se encuentra el de entender en la provisión de medicamentos esenciales para la población con cobertura pública exclusiva.

Que por la Decisión Administrativa N° 384 de fecha 19 de abril de 2021 y su modificatoria se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de este Ministerio, asignándole a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA, la responsabilidad primaria de gestionar de manera integral los medicamentos y la tecnología sanitaria, la selección, adquisición y distribución de medicamentos esenciales y su uso racional, fortaleciendo el primer nivel de atención.

Que por Resolución Nº 248/2020 se relanzó el PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR, cuya meta es universalizar el uso racional y el acceso a medicamentos esenciales e insumos sanitarios.

Que en dicho marco, y a efectos de lograr un adecuado cumplimiento de las acciones concernientes al PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR, se hace necesario encomendar las funciones inherentes a las actividades del mismo, a la Farmacéutica María Eugenia DEBIASSI BOGAO, quien reúne las condiciones de idoneidad y la experiencia necesaria para asumir las responsabilidades propias de las funciones en cuestión, las cuales serán ejercidas por la citada agente con carácter ad-honorem.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria alguna para este Ministerio.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA, la SUBSECRETARÍA DE MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATÉGICA, y la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD, han prestado conformidad al dictado de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/1992) y sus modificatorios y por el artículo 3° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Encomiéndanse las funciones inherentes a las actividades del PROGRAMA NACIONAL REMEDIAR, a la Farmacéutica María Eugenia DEBIASSI BOGAO (D.N.I. Nº 28.190.780), quien ejercerá las mismas con carácter ad-honorem y sin perjuicio de las actividades que desarrolla para esta Cartera Ministerial como personal contratado bajo el régimen instituido por el artículo 9° del Anexo de la Ley N°25.164 y su Decreto Reglamentario N° 1421/2002 y la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 48/2002 y sus modificatorios, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 2 del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, prestando servicios en la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS Y TECNOLOGÍA SANITARIA, unidad dependiente de la SUBSECRETARÍA MEDICAMENTOS E INFORMACIÓN ESTRATEGICA de la SECRETARÍA DE ACCESO A LA SALUD de este Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Vizzotti

e. 22/06/2022 N° 45627/22 v. 22/06/2022

Fecha de publicación 22/06/2022