ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
EDICTO
Se le hace saber que en los expedientes de la referencia se ha dictado la Resolución ...”Artículo 1º: Archivar la presente denuncia, procediendo previamente a la entrega de la mercadería del Acta Lote “.... “en los términos de la citada Instrucción General Nº 09/2017 a la acreditación de su clave única de identificación tributaria y pago de los tributos que se liquiden. Asimismo deberá exigirse previo a la entrega, en caso de corresponder, la presentación de los Certificados o intervenciones de organismos competentes, procediéndose en caso contrario conforme la normativa establecida por la Sección V Título II de la Ley Nº 22415. o en caso de corresponder PROCEDER de conformidad con lo establecido en la Ley 25.603, art.4 y ponerla a disposición de la Secretaría General de la Presidencia de la Nación, a tales fines y efectos.. Asimismo, en caso de corresponder deberá tenerse en cuenta lo establecido en la Nota externa Nº57/07.- Fdo.: Abog. Mariela E Catalano- Firma Responsable del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.
EXPEDIENTE: 12201-46-2015
IMPUTADO: ALCIDES CAMUS DAZA DNI: 94054759
ACTA LOTE Nº: 14001ALOT000078Z
RESOLUCION DE PRLA Nº 1907/2020
Silvina Isabel de Bisogno, Instructora, División Secretaría N° 2.
e. 24/06/2022 N° 46874/22 v. 24/06/2022
Fecha de publicación 24/06/2022