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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 341/2022

DCTO-2022-341-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Fiji.

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-45086929-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias y el Decreto Nº 568 del 1º de septiembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que en virtud de lo establecido en el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, los funcionarios o las funcionarias de las categorías B) y C) podrán ser acreditados o acreditadas temporalmente como Jefe o Jefa de Misión, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario o Embajadora Extraordinaria y Plenipotenciaria, cuando razones de servicio así lo aconsejen.

Que por el citado Decreto Nº 568/21 se dispuso el traslado desde el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Embajada de la República en la MANCOMUNIDAD DE AUSTRALIA del señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase Máximo Eduardo GOWLAND, se lo designó Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la MANCOMUNIDAD DE AUSTRALIA y se lo acreditó, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.

Que, oportunamente, el Gobierno de la REPÚBLICA DE FIJI concedió el plácet de estilo para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA DE FIJI al señor Ministro Plenipotenciario de Primera Clase Máximo Eduardo GOWLAND (D.N.I. N° 18.041.408), sin perjuicio de sus actuales funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la MANCOMUNIDAD DE AUSTRALIA.

ARTÍCULO 2°.- Acredítase al funcionario mencionado en el artículo anterior, mientras dure la misión encomendada, con el rango de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, de conformidad con el artículo 8° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Santiago Andrés Cafiero

e. 27/06/2022 N° 47605/22 v. 27/06/2022

Fecha de publicación 27/06/2022