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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA

Disposición 16/2022

DI-2022-16-APN-SSIA#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2022

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2021-91639116- -APN-DNFDEIT#JGM, la Ley N° 25.506 y su modificatoria Ley N° 27.446, 182 del 11 de marzo de 2019, los Decretos Nros. 892 del 1° de noviembre de 2017, 182 del 11 de marzo de 2019, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre del 2020 y su modificatoria N° 416 del 27 de abril del 2022, la Resolución del ex MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN Nº 121 del 22 de febrero de 2018 y la Resolución de la ex SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 946 del 22 de septiembre de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.

Que el Decreto Nº 892/2017 creó la Plataforma de Firma Digital Remota en la ex-SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA (actual SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA), en la que se centralizará el uso de firma digital, en el marco de la normativa vigente sobre Infraestructura de Firma Digital.

Que el Decreto N° 182/2019 aprobó la reglamentación de la Ley N° 25.506 de Firma Digital regulando el empleo del documento electrónico, de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en el marco de la Infraestructura de Firma Digital.

Que por su parte el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios creó, entre otros, a la entonces SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, actual SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO, estableciendo entre sus objetivos, el de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital estipulada por la Ley N° 25.506.

Que el citado Decreto N°50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios estaleció los objetivos de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, entre los que se encuentra el de intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así como intervenir en aquellos aspectos vinculados con la incorporación de estos últimos a los circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.

Que por otro lado la Decisión Administrativa N° 1865/2020 y sus modificatorias aprobaron la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciendo, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO, la de gestionar la Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional y la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota y asistir a la Subsecretaría en su administración.

Que la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, actual SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO, Nº 946 del 22 de septiembre de 2021, aprobó los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco normativo de Firma Digital para certificadores licenciados.

Que, mediante el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud del MINISTERIO DE TRABAJO Y EMPLEO de la PROVINCIA DE MISIONES para conformarse como Autoridad de Registro de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR, en los cuales obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la conformación de Autoridades de Registro de la AC MODERNIZACIÓN-PFDR.

Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA DEL SECTOR PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al MINISTERIO DE TRABAJO Y EMPLEO de la PROVINCIA DE MISIONES, a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la Plataforma de Firma Digital Remota (AC MODERNIZACIÓN-PFDR).

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Luis Mariano Papagni

e. 27/06/2022 N° 47044/22 v. 27/06/2022

Fecha de publicación 27/06/2022