Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 193/2022

Resolución ENRE N° 193/2022

ACTA N° 1769

Expediente ENRE N° EX-2018-29634480-APN-SD-ENRE

Buenos Aires, 24 de junio de 2022

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte existente presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), a requerimiento de la empresa LUZ DE TRES PICOS SOCIEDAD ANÓNIMA (LUZ DE TRES PICOS S.A.), para la incorporación del nuevo Parque Eólico El Mataco III de CIEN COMA OCHO MEGAVATIOS (100,8 MW), a conectarse a la Estación Transformadora (ET) Tres Picos Oeste en el nivel de 33 kV, a través del Parque Eólico (PE) Mataco. 2.- La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a través de la publicación de un AVISO en los portales de internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por un período de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos a ser contados desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE o presente un proyecto alternativo al del solicitante que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o plantee observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Disponer que en caso de registrarse oposición fundada en los términos anteriormente señalados que sea común a otros usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibirla y permitir al solicitante exponer sus argumentos. 4.- Disponer que operado el vencimiento del plazo fijado en el artículo 2 sin que se verifique la presentación de oposición alguna o sin que se presente un proyecto alternativo al del solicitante, este Ente procederá a dictar un acto administrativo a fin de autorizar el Acceso referido en el artículo 1 de este acto. 5.- LUZ DE TRES PICOS S.A. deberá adecuar sus instalaciones según los comentarios y requerimientos efectuados por TRANSBA S.A. y CAMMESA, en sus respectivos informes técnicos digitalizados en los IF-2018-29982385-APN-SD#ENRE e IF-2019-37670090-APN-SD#ENRE. 6.- Hágase saber a LUZ DE TRES PICOS S.A. que una vez iniciada la operación comercial del Parque Eólico El Mataco III, deberá comunicarlo al ENRE y dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Resolución ENRE N° 555 de fecha 17 de octubre de 2001 y sus complementarias. 7.- Hágase saber a TRANSBA S.A. que deberá incorporar a la Planificación Ambiental (PA) implementado en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (Resoluciones ENRE N° 555 de fecha 17 de octubre de 2001, N° 178 de fecha 8 de marzo de 2007, N° 562 de fecha 30 de agosto de 2007, N° 865 de fecha 7 de diciembre de 2007 y la Resolución ASPA N° 1 de fecha 8 de septiembre de 2010) las nuevas ampliaciones y remitir la Auditoria Ambiental de Cierre asociada a la construcción en el Informe de Avance Semestral que corresponda. 8.- Hágase saber que las instalaciones involucradas en la presente solicitud de acceso relativa a la ampliación y/o adecuación de las ET Tres Picos Oeste y Bahía Blanca a fin de vincular al SADI el PE El Mataco III de CIEN COMA OCHO MEGAVATIOS (100,8 MW), bajo las concesiones de TRANSBA S.A. y TRANSENER, desde el punto de vista de la seguridad pública deberán cumplir con las resoluciones ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras) y ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas). 9.- Notifíquese a LUZ DE TRES PICOS S.A., a TRANSBA S.A., TRANSENER S.A., a CAMMESA, al ORGANISMO PROVINCIAL PARA EL DESARROLLO SOSTENIBLE (OPDS) de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA). 10.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.

e. 29/06/2022 N° 47911/22 v. 29/06/2022

Fecha de publicación 29/06/2022