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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

Disposición 456/2022

DI-2022-456-APN-DNRYRT#MT

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2022

VISTO el EX-2019-54195241-APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 3/4 en el CD-2019-59382855-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-54195241-APN-DGDMT#MPYT, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO CERAMISTA SANITARIOS, PORCELANA DE MESA, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE FABRICANTES DE PORCELANA, LOZA Y AFINES, por la parte empleadora, conforme a lo establecido por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente Acuerdo, las partes convienen la recomposición salarial para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº153/75, con las modalidades que obran en el texto al cual se remite.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologatorio, pasen las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que, a través de la Dirección de Normativa Laboral y en virtud de la autorización efectuada mediante RESOL-2021-301APN-MT y su consecuente DI-2021-288-APN-DNRYRT#MT, se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual q surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley N°20744 (t.o.1976) y sus modificatorias.

Que las facultades de la suscripta surgen de lo normado por Decisión Administrativa Da-2019-182-APN-JGM.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo, celebrado entre el SINDICATO CERAMISTA SANITARIOS, PORCELANA DE MESA, por la parte sindical y la ASOCIACIÓN DE FABRICANTES DE PORCELANA, LOZA Y AFINES, por la parte empleadora, obrante en las páginas 3/4 en el CD-2019-59382855-APN-DGDMT#MPYT del EX-2019-54195241-APN-DGDMT#MPYT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTÍCULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que a través de la Dirección de Normativa Laboral se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley N°20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N°153/75.

ARTÍCULO 4°. - Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo y de esta Disposición, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Gabriela Marcello

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/06/2022 N° 39210/22 v. 30/06/2022

Fecha de publicación 30/06/2022