Edición del
19 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 405/2022

RESOL-2022-405-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-52574359- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la FISCALÍA FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA Nº 2 DE MENDOZA, a cargo por subrogancia del Doctor Carlos Alberto FERMOSEL, tramitan las actuaciones Nº FMZ 2092/2021 (SEC.E) caratuladas “NN: NN S/ AVERIGUACION DE DELITO DENUNCIANTE: LAVIZZARI DE GUARDATTI, HILDA”, (Caso Coirón N° 12157/2021).

Que la mencionada FISCALÍA, mediante Oficio de fecha 22 de abril de 2022, solicitó al MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN, se ofrezca una recompensa, destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de PAULO CHRISTIAN GUARDATTI, Argentino, titular del D.N.I. N° 22.201.904, nacido el 12 de abril de 1971, hijo de Juan y de Segunda Gladys LAVIZARI, soltero, 1.70 de estatura, cuerpo delgado, cabello negro ondulado, cutis trigueño, marcas de acné en el rostro, cicatriz en la ceja derecha, quien fuera visto por última vez el día 24 de mayo de 1992,

Que los hechos que se investigan consisten en la desaparición de Paulo Christian GUARDATTI, quien el día 24 de mayo de 1992, en la provincia de Mendoza, fue visto por última vez, luego de asistir a una fiesta organizada para recaudar fondos en la “Escuela Anastasi” en el barrio La Estanzuela, de la mencionada provincia.

Que conforme la investigación preliminar, se logró determinar que GUARDATTI habría sido aprehendido por una persona de género masculino de 1.75 metros de altura, de pelo oscuro y tez blanca, pantalón azul con una raya blanca en su costado, borceguíes similares a los utilizados por personal policial y un bolso naranja en las inmediaciones de la escuela, precisamente frente a la manzana N° 32, conforme al actuar sería personal policial.

Que los testigos presenciales detallaron que este sujeto realizó disparos de arma de fuego intimidatorios comenzando con una persecución que finalizo con la aprehensión de Paulo Christian GUARDATTI, arrojándolo al piso mientras apuntaba con un arma de fuego, colocándole la mano en la nuca conforme al procedimiento policial, para dirigirse caminando hacia el destacamento la Estanzuela, sin poder confirmar el ingreso del mismo.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538, establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, y en la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828/2019.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrézcase como recompensa dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS MIL ($1.500.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con el paradero de PAULO CHRISTIAN GUARDATTI, Argentino, titular del D.N.I. N° 22.201.904, nacido el 12 de abril de 1971, quien fue visto por última vez el día 24 de mayo de 1992.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como (IF-2022-53071736-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/07/2022 N° 49537/22 v. 04/07/2022

Fecha de publicación 04/07/2022