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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 413/2022

RESOL-2022-413-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 30/06/2022

VISTO el Expediente EX-2022-55247928- -APN-SSIF#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 335 de fecha 09 de marzo de 2020 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establece el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, compete al MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático.

Que a su vez, los incisos 1, 2 y 14 del mentado artículo expresan que le atañe en particular a este Ministerio, entender en la determinación de los objetivos y políticas que le son propios; ejecutar planes, programas y proyectos del área de su competencia conforme las directivas que le imparta el PODER EJECUTIVO NACIONAL y en la elaboración de políticas públicas para su aplicación y la prevención del delito.

Que, el Decreto N° 50/2019, determina entre otros objetivos de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL, establecer políticas de coordinación multiagencial con las demás áreas de gobierno y la sociedad civil, elaborando planes y programas integrales tendientes a la reducción y prevención de la comisión de delitos y violencias.

Que la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL, tiene entre sus objetivos asistir a la SECRETARÍA en la implementación y planificación operativa de políticas de seguridad a escala territorial.

Que diseña e implementa programas integrales para la prevención del delito y las violencias en coordinación con los gobiernos provinciales y locales.

Que además elabora, propone y coordina, en forma conjunta con las áreas del Gobierno Nacional que correspondan, mecanismos preventivos de acción territorial.

Que en función de la Decisión Administrativa Nº 335/2020, la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y LAS VIOLENCIAS tiene bajo su responsabilidad el diseño de mecanismos preventivos de acción territorial, así como también la elaboración e implementación de proyectos y programas que sirvan de contención y coadyuven al accionar estatal en la prevención de delitos y las violencias, de manera mancomunada tanto con diferentes áreas del ESTADO NACIONAL, provincial, municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, como con asociaciones intermedias y organizaciones no gubernamentales.

Que, desarrolla políticas orientadas a la prevención del delito y la violencia, poniendo especial énfasis en la creación de mecanismos que sirvan para garantizar la gestión institucional preventiva y no violenta de los conflictos.

Que en base a ello, es preciso promover las relaciones con los gobiernos locales desde sus distintas agencias y la colaboración con los gobiernos provinciales en todo el territorio nacional.

Que, en el marco de la consolidación de una estrategia federal, preventiva e integral de la Seguridad, se dispone la implementación de una política pública de prevención del delito y las violencias mediante el desarrollo de acciones multiagenciales a partir de un enfoque de Derechos Humanos, lo cual requiere vincular las políticas de prevención del delito y la violencia con acciones integrales, así como la formación y capacitación de agentes gubernamentales en materia de Seguridad, reforzando así una perspectiva participativa y comunitaria.

Que, se requiere un instrumento administrativo para establecer el procedimiento operativo que faculta la implementación del presente Programa.

Que por todo lo expuesto, resulta necesaria la puesta en marcha del programa “Construir Seguridad Ciudadana”, el cual tiene como objetivo principal promover a nivel federal la formulación y ejecución de dispositivos multiagenciales y multisectoriales orientados a la reducción del delito y las violencias que fomenten la participación e integración comunitaria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este MINISTERIO, ha tomado la intervención que le corresponde.

Que el suscripto es competente para el dictado de la presente medida en virtud de lo dispuesto en los artículos 4°, inciso b) apartado 9, y 22° bis de la Ley de Ministerios (t.o 1992) y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase el Programa “Construir Seguridad Ciudadana”, bajo la órbita de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLÍTICA CRIMINAL de este MINISTERIO, a través de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL; cuyo objeto, alcance, aplicación, etapas y procedimiento operativo, se especifican en los Anexos 1º y 2° que forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º.- El Programa “Construir Seguridad Ciudadana”, tendrá operatividad en el ámbito de actuación que corresponda en las jurisdicciones donde, por decisión del MINISTERIO DE SEGURIDAD DE LA NACIÓN se requiera, con la misión de realizar acciones de prevención del delito y las violencias, en articulación con los Organismos Provinciales y/o Locales.

ARTÍCULO 3º.- Facúltase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE PREVENCIÓN DEL DELITO Y LAS VIOLENCIAS a coordinar acciones de cooperación interjurisdiccionales e interagenciales con Organismos Nacionales, Provinciales y Municipales, a los fines de implementar las acciones que resulten necesarias para la puesta en marcha y funcionamiento del Programa aprobado por el artículo 1º.

ARTÍCULO 4º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 04/07/2022 N° 49821/22 v. 04/07/2022

Fecha de publicación 04/07/2022