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Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

Resolución 64/2022

RESOL-2022-64-APN-SPYMEYE#MDP

Ciudad de Buenos Aires, 06/07/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2020-76939686- -APN-DGD#MDP, las Resoluciones Nros. 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 409 de fecha de 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y 106 de fecha 14 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y su modificatoria, y

CONSIDERANDO:

Que a través del dictado de la Resolución N° 709 de fecha 18 de noviembre de 2016 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó el Programa “Plan de Diseño” con el objetivo de fortalecer la competitividad industrial mediante la incorporación del diseño como herramienta.

Que el mencionado Programa contempla la herramienta “Sello del Buen Diseño Argentino” consiste en una distinción a la incorporación de la gestión de diseño, siempre que se demuestre una mejora en los procesos industriales y productos, aumentando la competitividad, tanto en el mercado interno como en el externo, constituyendo una oferta nacional de productos destacados por su diseño.

Que entre los beneficios que contempla la distinción se encuentran la inclusión de los productos distinguidos en el catálogo anual del “Sello de Buen Diseño Argentino”, publicaciones de promoción en notas de prensa, revistas de publicación masiva y especializadas de diseño; participación en exhibiciones a nivel nacional e internacional y generación de nuevas oportunidades comerciales, a partir de reuniones y rondas de negocios con compradores nacionales e internacionales. El beneficio no contempla ningún tipo de retribución económica para quienes resulten distinguidos.

Que por medio de la Resolución N° 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se aprobó el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño” con el propósito de presentar los términos, condiciones y procedimientos que regirán su ejecución.

Que por la Resolución N° 483 de fecha 10 de septiembre de 2020 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se transfirió el Programa “Plan de Diseño” creado por la Resolución N° 709/16 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, actual SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA, a la órbita de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, designándose a esta última como Autoridad de Aplicación de dicho Programa, quedando facultada a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para su ejecución.

Que mediante la Resolución N° 106 de fecha 14 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES y su modificatoria, se convocó a los interesados en acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino”, a que presenten el correspondiente formulario de inscripción y la documentación pertinente estableciendo un plazo de CIENTO TREINTA Y CUATRO (134) días corridos para formalizar las correspondientes solicitudes.

Que por la Resolución N° 17 de fecha 25 de febrero de 2022 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, se prorrogó hasta el día 31 de marzo de 2022 el plazo de la Convocatoria estipulado en la Resolución N° 106/21 de la citada Secretaría.

Que la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME de la SECRETARÍA DE LA SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, procedió a verificar el cumplimiento de la documentación presentada por cada una de las MiPyMES de conformidad con los criterios de evaluación previstos en el Anexo I de la Resolución N° 106/21 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, expidiéndose mediante el Informe Técnico Preliminar obrante en el expediente de la referencia como IF-2022-62326062-APN-SSPYDRP#MDP.

Que a través del Artículo 6° de la Resolución N° 106/21 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES, se aprobó el Anexo IV por el cual se estableció la conformación del Comité Evaluador interviniente en la evaluación de las propuestas presentadas en el marco de la Convocatoria para acceder a la herramienta “Sello de Buen Diseño Argentino”.

Que el Comité Evaluador se ha reunido entre los días 18 a 22 de abril de 2022 con el objetivo de calificar las presentaciones realizadas por las MiPyMES, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño” y las Bases y Condiciones Particulares de la Convocatoria, asignando un puntaje a cada producto presentado.

Que el mencionado Comité, teniendo en cuenta los productos y las políticas globales desarrolladas por las empresas para la producción de los mismos, confeccionó un orden de mérito, del que surgen como beneficiarias de la distinción del “Sello de Buen Diseño Argentino” las MiPyMES que obtuvieron un puntaje total mayor o igual a SESENTA (60) puntos, de conformidad con lo previsto en las Bases y Condiciones que rigen la Convocatoria.

Que la Asesoría Técnica del Programa “Plan de Diseño” se expidió mediante el Informe Técnico de Evaluación como IF-2022-63529200-APN-SSPYDRP#MDP, dando a conocer el orden de mérito elaborado por el Comité Evaluador.

Que, conforme lo indicado en el Informe mencionado en el considerando inmediato anterior, la SUBSECRETARÍA DE LA PRODUCTIVIDAD Y DESARROLLO REGIONAL PYME ha ratificado, mediante el Informe obrante en las presentes actuaciones como IF-2022-65009568-APN-SSPYDRP#MDP, la evaluación respecto del orden de mérito elaborado por dicho Comité, considerando en este caso oportuna su aprobación.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, por las Resoluciones Nros. 709/16 del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 483/20 del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Por ello,

EL SECRETARIO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el orden de mérito elaborado por el Comité Evaluador respecto de las solicitudes presentadas en el marco de la Convocatoria de Acceso a la Distinción del “Sello del Buen Diseño Argentino”, herramienta prevista en el Programa “Plan de Diseño”, que fuera formalizada mediante la Resolución N° 106 de fecha 14 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, que como Anexo IF-2022-65158245-APN-SSPYDRP#MDP, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Otórgase la distinción del “Sello del Buen Diseño Argentino” a las MiPyMES que obtuvieron una calificación mayor o igual a SESENTA (60) puntos según los parámetros analizados de conformidad al Reglamento Operativo y Bases y Condiciones Generales del Programa “Plan de Diseño” y las Bases y Condiciones Particulares “Sello de Buen Diseño Argentino” aprobadas por el Anexo I de las Resoluciones Nros. 409 de fecha 30 de mayo de 2017 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 106 de fecha 14 de octubre de 2021 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES y su modificatoria, respectivamente.

ARTÍCULO 3°.- Hágase saber a las MiPyMES beneficiarias de la distinción “Sello del Buen Diseño Argentino” que, de conformidad a lo previsto en los puntos 3.3.1 y 3.3.2 del Anexo I de la Resolución N° 409/17 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS, el mismo será de uso obligatorio en la difusión del producto galardonado, como así también en las piezas de comunicación, embalaje, web, entre otros.

ARTÍCULO 4°.- La distinción otorgada se mantendrá vigente en la medida que el producto distinguido no sufra modificaciones respecto de sus dimensiones, características morfológicas ni en los materiales utilizados, debiendo notificar si se produjeren alguno de los hechos manifestados precedentemente, ello de conformidad con lo previsto en el punto 10 -Vigencia- del Anexo I de la Resolución N° 106/21 de la SECRETARÍA DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA Y LOS EMPRENDEDORES.

ARTÍCULO 5°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese.

Guillermo Merediz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 08/07/2022 N° 51489/22 v. 08/07/2022

Fecha de publicación 08/07/2022