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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SECRETARÍA GENERAL DIRECCIÓN GENERAL DE LOGÍSTICA

Disposición 8/2022

DI-2022-8-APN-DGL#SGP

Ciudad de Buenos Aires, 13/07/2022

VISTO el expediente EX-2021-87934820- -APN-CGD#SGP del registro de esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Delegado N° 1.023, de fecha 13 de agosto de 2001, el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por Decreto Nº 1.030, de fecha 15 de septiembre de 2016, ambos con sus normas modificatorias y complementarias, las Disposiciones Nros. DI-2016-62-E-APN-ONC#MM, DI-2016-63- E-APN-ONC#MM y DI-2016-65-E-APN-ONC#MM, todas ellas de fecha 27 de septiembre del 2016, de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN; con sus modificatorias y sus complementarias, y;

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el Visto, tramitó la Licitación Pública Nacional N° 23-0018-LPU21, de etapa única, bajo la modalidad de orden de compra abierta, que tiene por objeto contratar UN (1) servicio de alquiler de vehículos sin chofer para el traslado de los agentes dependientes de la Dirección General de Logística de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, que asisten en los traslados aéreos del señor Presidente de la Nación, y demás funcionarios del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en diferentes destinos del interior del país, por un plazo de SEIS (6) meses computados a partir de la fecha de notificación de la correspondiente Orden de Compra Abierta, o hasta agotar las cantidades máximas requeridas, lo que ocurra primero; con opción a prórroga en iguales términos y condiciones, o fracción menor.

Que en tal orden de ideas, mediante Disposición DI-2022-1-APN-DGL#SGP, de fecha 12 de enero de 2022, dictada por el Director General de Logística de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se aprobó el mencionado procedimiento de selección conforme lo establecido en los artículos 24, 25, inciso a), apartado 1 y 26, inciso a) apartado 1; e inciso b) apartado 1, del “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto Delegado N° 1.023/01, sus modificatorios y complementarios y por lo dispuesto en los artículos 10, 13, 25, inciso c) y 27, inciso c) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16, sus modificatorios y complementarios, adjudicándose los Renglones N° 1 al 4 de la presente Licitación a favor de NESTOR EDUARDO ÁVILA (C.U.I.T. N° 20-23093602-2) por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SETENTA Y SEIS MIL CIEN CON 00/100 ($4.076.100,00) IVA incluido, por resultar su oferta admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido, cumplir con la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y resultar su precio el más conveniente.

Que posteriormente se emitió la orden de compra abierta N° 23-0002-OCA22, por la suma total de PESOS CUATRO MILLONES SETENTA Y SEIS MIL CIEN CON 00/100 ($4.076.100,00) IVA incluido, a NESTOR EDUARDO ÁVILA (C.U.I.T. N° 20-23093602-2).

Que, en tal sentido, se constata que se han emitido DOS (2) solicitudes de provisión en el marco de la citada Orden de Compra Abierta, obrantes en IF-2022-06668748-APN-DGA#SGP e IF-2022-36343282-APN-DCPYSU#SGP.

Que, en virtud de la proximidad de la fecha de vencimiento de la Orden de Compra Abierta antes mencionada, que operará con fecha 17 de julio del corriente año, la Dirección de Gestión de Medios Aéreos de la Dirección General de Logística dependiente de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN mediante NO-2022-66852797-APN-DGMA#SGP y su ampliatoria según NO-2022-67479136-APN-DGL#SGP solicitó el ejercicio de la facultad de prorrogar por el mismo plazo, previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares PLIEG-2021-112698955-APN-DGMA#SGP, y todos sus Anexos, aprobado mediante Disposición DI-2022-1-APN-DGMA#SGP de fecha 12 de enero del año 2022.

Que, respecto a las condiciones de la prórroga solicitada, se ha dejado constancia que los precios de mercado han variado según constancias obrantes en IF-2022-66849410-APN-DGMA#SGP, IF-2022-66849083-APN-DGMA#SGP y DOCFI-2022-66848658-APN-DGMA#SGP habiéndose verificado la existencia de crédito presupuestario suficiente para atender el presente gasto según surge de la correspondiente constancia.

Que, en tal sentido, se realizó una propuesta al proveedor a los fines de adecuar los precios estipulados durante el plazo original del contrato tal como surge de NO-2022-67443883-APN-DGL#SGP y la firma adjudicataria la aceptó según IF-2022-67445638-APN-DGL#SGP.

Que en consecuencia se arribó a un acuerdo según surge del Informe Técnico IF-2022-66850452-APN-DGMA#SGP, tal como lo estipula el artículo 100, inciso b) apartado 4 del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/16, con sus modificatorios y complementarios, adecuando los nuevos precios de contrato con un aumento correspondiente al VEINTINUEVE CON VEINTICINCO POR CIENTO (29,25%) más sobre el monto original de contrato, lo cual equivale a la suma de PESOS UN MILLÓN CIENTO NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON VEINTICINCO CENTAVOS ($ 1.192.259,25) IVA incluido.

Que habiéndose iniciado la solicitud de prórroga N° 23-0012-PRO22 a través de la plataforma COMPR.AR, con los nuevos precios indicados en el Informe Técnico IF-2022-66850452-APN-DGMA#SGP, la misma arroja -en la vista previa obrante en IF-2022-67567435-APN-DCPYSU#SGP- un monto total del nuevo contrato de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIEN CON 00/100 ($5.247.100,00) IVA incluido.

Que de acuerdo a lo previsto por el artículo 12 inciso g) del “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1023/01, sus modificatorias y complementarias y el artículo 100 inciso b) apartado 4 del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1030/2016, con sus modificatorios y complementarios resulta procedente efectuar la prórroga de la Orden de Compra Abierta N° 23-0002-OCA22.

Que la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha certificado la existencia de crédito presupuestario.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que es facultad del suscripto el dictado de la presente medida, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 aprobado por el Decreto Nº 1344/07, sus modificatorios y complementarios, los artículos 9°, quinto y séptimo párrafo, y 75, tercer párrafo del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto 1030/16, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LOGÍSTICA DE LA SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: Apruébase la prórroga del contrato formalizado mediante Orden de Compra Abierta N° 23-0002-OCA22 a favor de NESTOR EDUARDO ÁVILA (C.U.I.T. N° 20-23093602-2), tramitada mediante Licitación Pública Nacional N° 23-0018-LPU21, de etapa única, bajo la modalidad de orden de compra abierta, y bajo las nuevas condiciones de precios acordadas, por el monto total de PESOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL CIEN CON 00/100 ($ 5.247.100,00) IVA incluido, con el objeto de contratar UN (1) servicio de alquiler de vehículos sin chofer para el traslado de los agentes dependientes de la Dirección General de Logística de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN por un período de SEIS (6) meses computados a partir de la fecha de notificación de la correspondiente Orden de Compra Abierta, o hasta agotar las cantidades máximas requeridas, lo que ocurra primero.

ARTÍCULO 2°: Delégase a la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a suscribir la pertinente Orden de Compra Abierta y la aplicación de penalidades conforme lo previsto en los artículos 9 séptimo párrafo y el artículo 75 tercer párrafo del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Disposición, se atenderá con cargo a los créditos de las partidas presupuestarias específicas del presente ejercicio de la JURISDICCIÓN 20.01- SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Leonardo Luis Barone

e. 15/07/2022 N° 54263/22 v. 15/07/2022

Fecha de publicación 15/07/2022