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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA

Disposición 14/2022

DI-2022-14-APN-DNFC#MT

Ciudad de Buenos Aires, 22/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-16660689- -APN-DGD#MT, la Ley N° 22.317 y sus modificatorias, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias y complementarias, la Ley N° 27.591 de Presupuesto Nacional para el año 2021 (prorrogada para el ejercicio fiscal 2022 por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021) y sus modificatorias y complementarias; el Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1662 del 9 de septiembre de 2020, la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784 del 28 de septiembre de 2020, la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 863 del 18 de Julio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Ley N° 22.317 se creó el Régimen de Crédito Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción, aplicación y fiscalización corresponde a la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, para fomentar la capacitación de trabajadoras y trabajadores ocupados y desocupados a través de la intervención de las empresas.

Que por el artículo 3° de la Ley N° 22.317 se estableció que el cupo anual del citado régimen será fijado anualmente en el presupuesto general de gastos y cálculo de recursos de la Administración Nacional.

Que la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, en su artículo 31, inciso c), fijó en PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($650.000.000) el cupo anual de crédito fiscal correspondiente al año 2021 a ser administrado por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco de lo normado por la Ley N° 22.317.

Que por la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se aprobó el PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA, que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución, el cual tiene por objeto estructurar, sistematizar e impulsar programas, proyectos y acciones desarrollados en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL dirigidos a mejorar las competencias, habilidades y calificaciones de trabajadoras y trabajadores de nuestro país.

Que por el artículo 49 del Anexo de la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 784/2020, se estableció que la ejecución del cupo de crédito fiscal que anualmente se asigna al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL en el marco del Régimen de Crédito Fiscal creado por la Ley N° 22.317 y modificatorias, forma parte del PLAN DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y CONTINUA y su administración estará a cargo de la SECRETARÍA DE EMPLEO, la cual dictará las normas necesarias para su implementación.

Que por la Resolución del SECRETARIO DE EMPLEO N° 863 del 18 de julio de 2022 se aprobó el Programa Credito Fiscal correspondiente al año 2022, que como Anexo forma parte integrante de la citada Resolución, facultando en su artículo 2° a la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA a aprobar los formularios, instrumentos operativos e instructivos necesarios para la implementación del PROGRAMA CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2022.

Que a fin de posibilitar el funcionamiento del PROGRAMA CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2022 resulta necesario aprobar las fechas y periodo de referencia para el cálculo de su dotación que serán aplicables tanto a empresas como a cooperativas de trabajo, los instrumentos operativos de evaluación, así como establecer el puntaje mínimo que deben alcanzar las propuestas para no ser tenidas por desestimadas.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención que corresponde.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 2° de la Resolución de la SECRETARIA DE EMPLEO N° 863/2022.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE FORMACIÓN CONTINUA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las fechas para el cálculo de la dotación del ORGANISMO RESPONSABLE y el período para el cálculo de la suma total de sueldos, salarios y remuneraciones y sus respectivas contribuciones patronales, en el marco del PROGRAMA DE CRÉDITO FISCAL correspondiente al año 2022, de acuerdo a la información del siguiente cuadro:

Meses de Nómina s/ Formulario 931 o s/ Registro de asociadosPeríodo de cálculo del 30% u 8‰
31 de mayo de 202201 de junio 2021 a 31 de mayo 2022

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los formularios, instructivos e instrumentos operativos del PROGRAMA DE CRÉDITO FISCAL, EMPRESAS/ COOPERATIVAS DE TRABAJO que como ANEXOS forman parte integrante de la presente Disposición y a continuación se detallan:

DI-2022-74291655-APN-DNFC#MT - ANEXO A - PROCEDIMIENTO E INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS;

DI-2022-74291474-APN-DNFC#MT - ANEXO B - CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS – EMPRESAS;

DI-2022-74291275-APN-DNFC#MT - ANEXO C - CERTIFICACIÓN CONTABLE PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS - COOPERATIVAS DE TRABAJO;

DI-2022-74290436-APN-DNFC#MT - ANEXO D - NOTA DE ACEPTACIÓN DE LA INSTITUCIÓN DE FORMACIÓN PROFESIONAL A FORTALECER;

DI-2022-74291190-APN-DNFC#MT - ANEXO E - CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS – EMPRESAS;

DI-2022-74291049-APN-DNFC#MT - ANEXO F - CONSTANCIA DE PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS – COOPERATIVA DE TRABAJO;

DI-2022-74290957-APN-DNFC#MT - ANEXO G - NOTA COMPROMISO DE LOS ORGANISMOS ADHERENTES;

DI-2022-74290765-APN-DNFC#MT - ANEXO H - FORMULARIO DE CESIÓN DE EQUIPAMIENTO;

DI-2022-74290629-APN-DNFC#MT - ANEXO I - CERTIFICACIÓN CONTABLE SOBRE LA RENDICIÓN Y DETALLE DE GASTOS;

ARTÍCULO 3°.- Fíjese un puntaje mínimo de CINCUENTA (50) puntos que deberán alcanzar las propuestas que se presenten en el marco del presente Programa, de acuerdo al instrumento de evaluación integrante del ANEXO A” PROCEDIMIENTO E INSTRUMENTO DE EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS”.

ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Edith Byk

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/07/2022 N° 56647/22 v. 26/07/2022

Fecha de publicación 26/07/2022