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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 887/2022

RESOL-2022-887-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 26/07/2022

VISTO el EX-2022-29218353- -APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020 y N° 183 de fecha 12 de abril de 2022, las Resoluciones INCAA N° 65 de fecha 12 de enero de 2017, N° 294-E de fecha 23 de febrero de 2018, y la Disposición INCAA de la Gerencia de Coordinación de Control y Gestion N° 250-E de fecha 31 de enero de 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.

Que en ese marco se dictó la Resolución INCAA N° 65/2017, por medio de la cual se aprueba el RÉGIMEN DE FOMENTO REGIONAL (RFR) que contiene la normativa aplicable a la asignación de subsidios a la producción cinematográfica, a películas nacionales de largometraje por convocatoria regional, como así también la reglamentación de los mecanismos de fomento respecto de películas de cortometrajes regionales, desarrollo de proyectos regionales y desarrollo de guiones regionales, como así también, la reglamentación relativa a los distintos comités de selección de proyectos que pretendan dichos beneficios, y cuyos integrantes deben ser designados por el Consejo Asesor.

Que mediante Resolución INCAA Nº 294-E/2018 ha sido declarado como ganador del género ficción por la región CUYO de la CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES REGIONALES 2017 el proyecto “LA CASA” de la productora Sofía TORO POLLICINO.

Que mediante Disposición INCAA N° 250-E/2019 se ha registrado el convenio identificado como CONVE-2019-06206799-APN-SGAJ#INCAA, entre Sofía TORO POLLICINO y el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que mediante IF-2022-63984521-APN-SGFPA#INCAA obra nota de la productora solicitando la renuncia del proyecto.

Que por IF-2022-71211615-APN-SGFPA#INCAA luce Informe Técnico de la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual mediante el cual manifiesta que a la fecha el proyecto “LA CASA” de la productora Sofía TORO POLLICINO, no ha recibido fondos correspondientes al premio e informa que el proyecto “LOS MILAGROS EXISTEN” de la productora Gisela Alejandra LEVIN, ha sido declarado como primer suplente de la misma REGION de conformidad con la Resolución INCAA Nº 294-E/2018.

Que en consecuencia, el área con competencia técnica opina que corresponde dar de baja al proyecto “LA CASA” de la productora Sofía TORO POLLICINO, y asimismo declarar ganador en reemplazo de aquél, al primer proyecto suplente en orden de mérito “LAS MILAGROS EXISTEN” de la productora Gisela Alejandra LEVIN.

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual, la Subgerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado del presente acto administrativo se encuentra prevista en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002, N° 90/2020 y N° 183/2022.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE A/C DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dar de baja al proyecto “LA CASA” de la productora TORO POLLICINO, Sofia (D.N.I. 31.449.679), como Ganador de la “CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES REGIONALES 2017”.

ARTÍCULO 2º.- Declarar GANADOR al proyecto “LAS MILAGROS EXISTEN” de la productora LEVIN, Gisela Alejandra (D.N.I. 26.190.408) de la “CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCIÓN DE LARGOMETRAJES REGIONALES 2017” en reemplazo del proyecto mencionado en el artículo precedente por el primer suplente en orden de mérito establecido por la Resolución INCAA N° 294-E/2018.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Nicolas Daniel Batlle

e. 28/07/2022 N° 57289/22 v. 28/07/2022

Fecha de publicación 28/07/2022