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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 602/2022

RESOL-2022-602-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-27455458-APN-SE#MEC y el Expediente N° EX-2022-13083202-APN-SE#MEC en tramitación conjunta, la Resolución N° 160 de fecha 18 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° de la Resolución N° 160 de fecha 18 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó una erogación con carácter de asistencia económica transitoria, en el marco de lo dispuesto en la Resolución N° 809 de fecha 20 de agosto de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificaciones, correspondiente al período comprendido entre los meses de agosto de 2021 a marzo de 2022, por la suma de PESOS NOVECIENTOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y TRES MIL DOSCIENTOS ONCE CON CUATRO CENTAVOS ($ 909.933.211,04), de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo (IF-2022-23461317-APN-DGL#MEC) que forma parte integrante de la citada resolución.

Que en razón de haberse advertido un error material en dicho anexo, consistente en el monto a pagar a la Distribuidora ENERGÍA POSITIVA S.A. (CUIT N° 30-71118666-9) con motivo de la Asistencia Económica Transitoria correspondiente al mes de noviembre de 2021, corresponde modificar la Resolución N° 160/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, debiéndose sustituir los párrafos vigésimo y vigésimo primero del Considerando y el Artículo 1° de la citada medida.

Que la Dirección de Presupuesto de Energía de la Dirección General de Administración de Energía ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Inciso c) del Artículo 35 del Anexo al Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007 y sus modificatorios, reglamentario de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificaciones, los Artículos 8°, 34 e Inciso b) del Artículo 37 de la Ley N° 26.020 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Sustitúyense los párrafos vigésimo y vigésimo primero del Considerando de la Resolución N° 160 de fecha 18 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA por los siguientes:

“Que las empresas mencionadas en el Anexo (IF-2022-44878526-APN-DGL#MEC) que integra la presente medida, han presentado la solicitud de asistencia económica transitoria y han acompañado la documentación requerida.”

“Que por lo expuesto y de acuerdo a la documentación presentada, la Autoridad de Aplicación ha realizado el cálculo de la asistencia económica correspondiente a cada período solicitado, estableciendo la suma de PESOS SETECIENTOS TRECE MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 713.513.948,99) para los meses detallados en el Anexo (IF-2022-44878526-APN-DGL#MEC) que integra la presente medida.”

ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el Artículo 1° de la Resolución N° 160/22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA por el siguiente:

“ARTÍCULO 1°.- Apruébase una erogación con carácter de asistencia económica transitoria, en el marco de lo dispuesto en la Resolución N° 809 de fecha 20 de agosto de 2021 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificaciones, correspondiente al período comprendido entre los meses de agosto 2021 a marzo de 2022 por la suma de PESOS SETECIENTOS TRECE MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 713.513.948,99), de acuerdo con el detalle obrante en el Anexo (IF-2022-44878526-APN-DGL#MEC, que forma parte integrante de la presente medida”.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/07/2022 N° 57872/22 v. 29/07/2022

Fecha de publicación 29/07/2022