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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO

Decisión Administrativa 752/2022

DECAD-2022-752-APN-JGM - Designación.

Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-33676995-APN-DGD#MDP, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 416 del 12 de junio de 2017, 882 del 23 de diciembre de 2021 y las Decisiones Administrativas Nros. 376 del 14 de junio de 2017 y 580 del 11 de junio de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 416/17 se creó la UNIDAD EJECUTORA del RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA) como órgano desconcentrado en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO del ex-MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, cuya vigencia fue prorrogada por la Decisión Administrativa N° 580/21 por un plazo de CUATRO (4) años desde el 12 de junio de 2021.

Que por la Decisión Administrativa N° 376/17 se creó, entre otros, el cargo extraescalafonario de Gerente o Gerenta de Calidad y Mejora Continua con dependencia directa del Director Ejecutivo o de la Directora Ejecutiva de Procesos de la mencionada Unidad Ejecutora, con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que resulta necesario proceder a la cobertura del citado cargo extraescalafonario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.591, prorrogada por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado, a partir del 1º de abril de 2022, en el cargo extraescalafonario de Gerente de Calidad y Mejora Continua con dependencia directa del Director Ejecutivo de Procesos de la UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA), organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, al señor Nicolás Miguel GOSCILO (D.N.I. Nº 30.744.695), con una remuneración equivalente al Nivel A, Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591, prorrogada por el Decreto N° 882/21.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 51 - MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Daniel Osvaldo Scioli

e. 01/08/2022 N° 58113/22 v. 01/08/2022

Fecha de publicación 01/08/2022