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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 596/2022

RESOL-2022-596-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 27/07/2022

VISTO el Expediente N° EX-2021-26575570-APN-SE#MEC, los Decretos Nros. 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999 y 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015, el Contrato de Préstamo BIRF 8484-AR, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 1.119 de fecha 6 de octubre de 1999 se aprobó el modelo de Convenio de Préstamo para la implementación del Proyecto de Energías Renovables en Mercados Rurales (PERMER), financiado parcialmente con los recursos del préstamo otorgado por el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), cuya ejecución estuvo a cargo de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.

Que a través del Decreto N° 1.968 de fecha 21 de septiembre de 2015 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BIRF 8484-AR entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BIRF, por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS MILLONES (USD 200.000.000), destinado a financiar parcialmente el PERMER, siendo designado organismo ejecutor el ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, actuando a través esta Secretaría, con la asistencia de las provincias participantes (conforme Artículo 4° del citado decreto).

Que de conformidad con lo previsto en el Contrato de Préstamo BIRF 8484-AR suscripto con fecha 9 de octubre de 2015, resultan de aplicación para el Proyecto PERMER las “Normas: Adquisiciones de Bienes, Obras y Servicios distintos a los de Consultoría con Préstamos del BIRF, Créditos de la Asociación Internacional de Fomento (AIF) y Donaciones por Prestatarios del Banco Mundial”, (versión 2011, actualizada 2014).

Que a través del Sistema de Seguimiento de Adquisiciones (STEP), con el código AR-SE-226417-CW-RFB, se obtuvo la autorización del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento para el inicio del proceso de licitación para la “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE 1.574 SISTEMAS DE BOMBEO SOLAR PARA LAS PROVINCIAS DE CATAMARCA, CHACO, CÓRDOBA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, NEUQUÉN, RÍO NEGRO, SAN JUAN Y TUCUMÁN”.

Que mediante la Nota N° NO-2021-30164173-APN-SSEE#MEC la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría, solicitó el inicio del proceso de Licitación Pública Nacional N° 3/2021 para la “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE 1.574 SISTEMAS DE BOMBEO SOLAR PARA LAS PROVINCIAS DE CATAMARCA, CHACO, CÓRDOBA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, NEUQUÉN, RÍO NEGRO, SAN JUAN Y TUCUMÁN”, en el marco del Proyecto de Energías Renovables en Zonas Rurales de Argentina, Préstamo BIRF 8484-AR.

Que la documentación licitatoria para llevar a cabo dicha contratación se encuentra incorporada a las actuaciones, obrante como PLIEG-2021-33201240-APN-DER#MEC, habiéndose puesto a disposición de los interesados en la página web del Proyecto www.argentina.gob.ar/economia/energia/permer.

Que el 16 de abril de 2021 se publicó en el Boletín Oficial el aviso al llamado a la Licitación Pública Nacional N° 3/2021 para la “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE 1.574 SISTEMAS DE BOMBEO SOLAR PARA LAS PROVINCIAS DE CATAMARCA, CHACO, CÓRDOBA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, NEUQUÉN, RÍO NEGRO, SAN JUAN Y TUCUMÁN” (IF-2021-33156882-APN-DER#MEC) y en los periódicos de circulación nacional “El Cronista” (con fechas 15 y 16 de abril de 2021) y “El Economista” (con fechas 15 y 16 de abril de 2021), conforme constancias obrantes en el Informe N° IF-2021-33160616-APN-DER#MEC; habiéndose realizado también la publicación del aviso en la página web del Proyecto PERMER www.argentina.gob.ar/economia/energia/permer.

Que el 14 de mayo de 2021 tomó la intervención de su competencia la Dirección de Presupuesto de Energía de la Dirección General de Administración de Energía de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA (IF-2021-42859450-APN-DPE#MEC).

Que mediante la Providencia N° PV-2021-54048359-APN-SSEE#MEC de fecha 16 de junio de 2021 de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA y su rectificatoria N° PV-2021-68127984-APN-SSEE#MEC de fecha 28 de julio de 2021, se constituyó el Comité Evaluador de Ofertas, con la función principal de realizar el análisis de las ofertas presentadas en la licitación de referencia.

Que el 2 de junio de 2021 se realizó el acto de apertura de ofertas para la Licitación Pública Nacional N° 3/2021, labrándose el correspondiente acta (IF-2021-49434012-APN-DGPYPSYE#MEC) y consignándose seguidamente las empresas que cotizaron en la mencionada convocatoria, a saber: 1) SUNGREEN S.R.L.; 2) ELECTROCIVIL S.R.L.; 3) EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS S.A. (ECOS S.A.); 4) FÁBRICA S.R.L.; 5) MEGA S.R.L.; 6) KIOSHI S.A.; 7) COBA S.R.L.; 8) SOLFLIX S.A.

Que respecto de los Lotes Nros. 1 y 9 para la provisión e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaico en parajes aislados de las redes eléctricas convencionales ubicados en las Provincias del NEUQUÉN y RÍO NEGRO, respectivamente, se advierte que no se han presentado ofertas.

Que con fecha 29 de octubre de 2021 la Comisión Evaluadora solicitó a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA que se expida sobre la relación existente entre los precios ofertados por los distintos oferentes y el costo estimado en fecha 7 de abril de 2021 (IF-2021-104470739-APN-DER#MEC).

Que con fecha 19 de abril de 2022, la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA solicitó a través de la Nota N° NO-2022-37852009-APN-SSEE#MEC la intervención de la Coordinación del PERMER, toda vez que el presupuesto ha sido estimado por dicha área.

Que con fecha 21 de abril de 2022 el Coordinador del PERMER se expidió a sus efectos a través de la Nota N° NO-2022-38940750-APN-SSEE#MEC indicando que el desvío es consistente hasta un CATORCE POR CIENTO (14%) conforme las razones técnicas detalladas en el IF-2022-38506596-APN-SSEE#MEC.

Que con fecha 26 de abril de 2022, a través de la Nota N° NO-2022-40408737-APN-SSEE#MEC el Subsecretario de Energía Eléctrica remitió a la Comisión Evaluadora el informe técnico elaborado por parte del PERMER.

Que sobre las ofertas presentadas, el Comité Evaluador de Ofertas emitió el Informe de Evaluación N° IF-2022-61292672-APN-DGPYPSYE#MEC, en el cual se concluye que: la oferta presentada por la firma KIOSHI S.A. (CUIT N° 30-70123382-0) para el Lote N° 2 para la provisión e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaico en parajes aislados de las redes eléctricas convencionales ubicados en la Provincia de SAN JUAN, no cumple con los requisitos previstos en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados de las Especificaciones Técnicas de la Sección VI - “Requisitos de los Contratantes” - de los Documentos de Licitación que rigen la convocatoria.

Que, asimismo, la oferta presentada por la firma ELECTROCIVIL S.R.L. (CUIT N° 30-69179796-8) para el Lote N° 3 para la provisión e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaico en parajes aislados de las redes eléctricas convencionales ubicados en la Provincia de TUCUMÁN, no cumple con los requisitos previstos en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados de las Especificaciones Técnicas de la Sección VI - “Requisitos de los Contratantes” - de los Documentos de Licitación que rigen la convocatoria.

Que, en el mismo sentido, las ofertas presentadas por las firmas SUNGREEN S.R.L. (CUIT N° 30-71109374-1), ELECTROCIVIL S.R.L (CUIT N° 30-69179796-8) y KIOSHI S.A. (CUIT N° 30-70123382-0) para el Lote N° 6 para la provisión e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaico en parajes aislados de las redes eléctricas convencionales ubicados en la Provincia de CATAMARCA, no cumplen con los requisitos técnicos previstos en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados de las Especificaciones Técnicas de la Sección VI - “Requisitos de los Contratantes” - de los Documentos de Licitación que rigen la convocatoria.

Que, finalmente, las ofertas presentadas por la firmas ELECTROCIVIL S.R.L. (CUIT N° 30-69179796-8) y KIOSHI S.A (CUIT N° 30-70123382-0) para el Lote N° 10 para la provisión e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaico en parajes aislados de las redes eléctricas convencionales ubicados en la Provincia de LA RIOJA, no cumplen con los requisitos técnicos previstos en la Planilla de Datos Técnicos Garantizados de las Especificaciones Técnicas de la Sección VI - “Requisitos de los Contratantes” - de los Documentos de Licitación que rigen la convocatoria.

Que, conforme el “Detalle del Cumplimiento de los Requisitos de Calificación” obrante en el Anexo 7 del Informe de Evaluación de Ofertas, la oferta presentada por la firma EMPRESA DE CONSTRUCCIÓN Y SERVICIOS S.A. (ECOS S.A.) (CUIT N° 30-69177868-8), para el Lote N° 4 para la provisión e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaico en parajes aislados de las redes eléctricas convencionales ubicados en la Provincia de JUJUY, no cumple con la documentación exigida de certificación bancaria o de contador público nacional de acuerdo a lo establecido en la Sección III- Item 2.3.3 “Recursos Financieros” de los Documentos de Licitación que rigen la convocatoria.

Que, por su parte, la oferta presentada por la firma SOLFLIX S.A. (CUIT N° 30-68779348-6) para el Lote N° 8 para la provisión e instalación de sistemas de bombeo fotovoltaico en parajes aislados de las redes eléctricas convencionales ubicados en la Provincia de CÓRDOBA, no cumple con el requisito de experiencia específica ni con los recursos financieros para la ejecución de dicho lote.

Que luego de analizar las ofertas admisibles, el Comité Evaluador de Ofertas recomendó adjudicar el Lote N° 2 a la firma FÁBRICA S.R.L. (CUIT N° 30-61197776-6), por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS DIECISIETE CON VEINTITRÉS CENTAVOS (USD 226.617,23), el Lote N° 3 por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (USD 676.402,78), el Lote N° 4, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON OECHENTA Y SEIS CENTAVOS (USD 1.106.458,86), el Lote N° 5, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS (USD 644.781,87), el Lote N° 6, por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON OCHENTA Y UN CENTAVOS (USD 680.383,81), el Lote N° 8 por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS (USD 909.248,39) y el Lote N° 10 por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHOCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 812.254,75).

Que, asimismo, se recomendó adjudicar el Lote N° 7 por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA CON UN CENTAVO (USD 871.180,01) y Lote N° 11 por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 460.258,55) a la firma SOLFLIX S.A. (CUIT N° 30-68779348-6) respectivamente, todo ello por resultar sus ofertas las evaluadas como de precio más bajo, y que se ajustan sustancialmente a las especificaciones requeridas en los Documentos de Licitación.

Que el Documento de Licitación prevé que los pagos se realizarán en la moneda de curso legal en la REPÚBLICA ARGENTINA y que los precios del contrato serán convertidos conforme al tipo de cambio vendedor según la cotización oficial del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA vigente al día anterior a la emisión del certificado de pago.

Que la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales de la SUBSECRETARÍA DE ADMINISTRACIÓN Y NORMALIZACIÓN PATRIMONIAL de la SECRETARÍA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Dirección de Presupuesto de Energía de la Dirección General de Administración de Energía ha tomado la intervención de su competencia (IF-2022-53762452-APN-DPE#MEC).

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 1°, 6° y 7° del Decreto N° 1.119/99 y en el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento correspondiente a la Licitación Pública Nacional N° 3/2021 para la “PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE 1.574 SISTEMAS DE BOMBEO SOLAR PARA LAS PROVINCIAS DE CATAMARCA, CHACO, CÓRDOBA, JUJUY, LA PAMPA, LA RIOJA, NEUQUÉN, RÍO NEGRO, SAN JUAN Y TUCUMÁN”, en el marco del Proyecto de Energías Renovables para Zonas Rurales de Argentina (PERMER), Préstamo BIRF 8484-AR.

ARTÍCULO 2º.- Adjudícase el Lote N° 2 a favor de la firma FÁBRICA S.R.L. (CUIT N° 30-61197776-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL SEISCIENTOS DIECISIETE CON VEINTITRÉS CENTAVOS (USD 226.617,23).

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase el Lote N° 3 a la firma FÁBRICA S.R.L. (CUIT N° 30-61197776-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS DOS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS (USD 676.402,78).

ARTÍCULO 4º.- Adjudícase el Lote N° 4 a la firma FÁBRICA S.R.L. (CUIT N° 30-61197776-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN CIENTO SEIS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON OCHENTA Y SEIS CENTAVOS (USD 1.106.458,86).

ARTÍCULO 5º.- Adjudícase el Lote N° 5 a la firma FÁBRICA S.R.L. (CUIT N° 30-61197776-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y UNO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS (USD 644.781,87).

ARTÍCULO 6º.- Adjudícase el Lote N° 6 a la firma FÁBRICA S.R.L. (CUIT N° 30-61197776-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES SEISCIENTOS OCHENTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON OCHENTA Y UN CENTAVOS (USD 680.383,81).

ARTÍCULO 7º.- Adjudícase el Lote N° 7 a la firma SOLFLIX S.A. (CUIT N° 30-68779348-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL CIENTO OCHENTA CON UN CENTAVO (USD 871.180,01).

ARTÍCULO 8º.- Adjudícase el Lote N° 8 a la firma FÁBRICA S.R.L (CUIT N° 30-61197776-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES NOVECIENTOS NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS (USD 909.248,39).

ARTÍCULO 9º.- Adjudícase el Lote N° 10 a la firma FÁBRICA S.R.L (CUIT N° 30-61197776-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHOCIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 812.254,75).

ARTÍCULO 10.- Adjudícase el Lote N° 11 a la firma SOLFLIX S.A. (CUIT N° 30-68779348-6) por la suma de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS SESENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS (USD 460.258,55).

ARTÍCULO 11.- Declárase desiertos los Lotes Nros. 1 y 9 en virtud de que no se han recibido propuestas para los mismos.

ARTÍCULO 12.- Impútese el gasto que demande el cumplimiento de esta medida a la Partida 5.2.6.2519 Programa 74, Actividad 43, Fuente de Financiamiento 22, SAF 328, Jurisdicción 50.

ARTÍCULO 13.- Dispónese la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial por el término de TRES (3) días hábiles y en la página web del Proyecto https://www.argentina.gob.ar/economia/energia/permer.

ARTÍCULO 14.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Norman Darío Martínez

e. 29/07/2022 N° 57742/22 v. 02/08/2022

Fecha de publicación 01/08/2022