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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 1330/2022

RESOL-2022-1330-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2022

VISTO el EX-2021-80582028- -APN-DGD#MT del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 19.549 y su Decreto Reglamentario Nº 1759/72 (t.o. 2017), la RESOL-2020-201-APN-ST#MT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la RESOL-2020-201-APN-ST#MT de fecha 27 de Febrero de 2020, se declaró homologado el acuerdo obrante a fojas 144/152 del Expediente Nº 1.771.894/17, que fuera acompañado mediante EX -2019-101757221-APN-DGDMT#MPYT, celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (FATVIAL), por la parte sindical, y el CONSEJO VIAL FEDERAL, por la parte empleadora.

Que cabe tener presente que el expediente originado en soporte papel, bajo el Nº 1.771.894/17, ha sido digitalizado conforme al Art. 2 del Decreto 1131/2016, transformándose en el Expediente Electrónico EX-2021-80582028- -APN-DGD#MT, continuando su tramitación por el mismo.

Que se ha observado, que en la parte resolutiva de la mentada Resolución se ha repetido “ARTICULO 2°.-”, afectando dicho error material la numeración de los Artículos subsiguientes.

Que con el fin de subsanar dicho error involuntario y a fin de evitar futuras confusiones, corresponde proceder a emitir el presente acto administrativo rectificatorio.

Que a los fines expuestos se pone de relieve que las enmiendas a efectuarse no alteran en lo sustancial el acto administrativo oportunamente dictado, el que resulta plenamente válido.

Que la rectificatoria de errores materiales resulta plenamente viable, conforme a las prescripciones del artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (t.o. 2017), reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, en los términos del cual se dicta el presente.

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de lo normado por el DCTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Rectifíquese la RESOL-2020-201-APN-ST#MT, debiendo leerse “ARTÍCULO 3º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental (…)” donde dice “ARTICULO 2°.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental (…)” ; debiendo leerse “ARTÍCULO 4°.- “ donde dice “ARTÍCULO 3°.- “; debiendo leerse “ARTÍCULO 5°.- “ donde dice “ARTÍCULO 4°.- “ y debiendo leerse “ARTÍCULO 6°.- “ donde dice “ARTÍCULO 5°.

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Dirección General de Informática, Innovación Tecnológica y Gestión Documental. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES VIALES (FATVIAL), por la parte sindical, y el CONSEJO VIAL FEDERAL, por la parte empleadora. Cumplido, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con la RESOL-2020-201-APN-ST#MT de fecha 27 de Febrero de 2020.

ARTÍCULO 4º.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

e. 02/08/2022 N° 57923/22 v. 02/08/2022

Fecha de publicación 02/08/2022