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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

Disposición 144/2022

DI-2022-144-E-AFIP-AFIP

Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2022

VISTO el Expediente Electrónico Nº EX-2022-01311806- -AFIP-DILEGI#SDGASJ, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y complementarios, el Administrador Federal representa a la Administración Federal de Ingresos Públicos ante los poderes públicos, los responsables y los terceros, ejerciendo así sus competencias como la máxima autoridad del Organismo.

Que, asimismo, el artículo 4° del citado decreto establece, en cuanto aquí interesa, que los Directores Generales y los Subdirectores Generales reemplazarán a la máxima autoridad de la Administración Federal en caso de ausencia o impedimento en todas sus funciones, atribuciones, deberes y responsabilidades, de acuerdo con el orden de prelación que establezca la/el titular a cargo de este Organismo.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y la Subdirección General de Asuntos Jurídicos.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 4° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios y por el artículo 1° de la Disposición N° 31 (AFIP) del 8 de febrero de 2019.

Por ello,

El SUBDIRECTOR GENERAL DE COORDINACIÓN TÉCNICO INSTITUCIONAL A CARGO DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Establecer el siguiente régimen de reemplazo para el supuesto de ausencia o impedimento de la máxima autoridad del Organismo:

ADMINISTRADOR FEDERALREEMPLAZANTE Y ORDEN DE REEMPLAZO
1° DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL
2° DIRECTORA GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA

ARTÍCULO 2°.- Abrogar la Disposición N° 31 (AFIP) del 8 de febrero de 2019.

ARTÍCULO 3°.- La presente disposición entrará en vigencia a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial y archívese.

Juan Capello

e. 03/08/2022 N° 58825/22 v. 03/08/2022

Fecha de publicación 03/08/2022