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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO

Disposición 71/2022

DI-2022-71-APN-SSDE#MTYD

Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-71217736- -APN-DDE#MTYD, la Resolución N° 331 de fecha 6 de julio de 2022 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES se creó el PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR), con el objeto de fortalecer la cadena de valor del sector y mejorar la oferta turística, promover el desarrollo de las economías regionales e incentivar inversiones que se orienten al aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y las energías renovables, crear empleo local sostenible, propiciar la equidad de género y favorecer el arraigo y el desarrollo humano en el territorio.

Que el mencionado Programa otorgará Aportes No Reintegrables (ANR) para micro y pequeños prestadores turísticos, domiciliados, constituidos o habilitados para actuar dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo, quienes deberán presentar previamente un proyecto de inversión, el cual tendrá que ser aprobado.

Que el proyecto de inversión presentado deberá ser destinado a la adquisición de bienes de capital, equipamiento y otros activos tangibles, como así también, de materiales destinados a adecuación, ambientación, ampliación y/o refacción de inmuebles, siempre que tengan una conexión directa con su actividad principal.

Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 3° de la mencionada Resolución, se facultó a la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO a efectuar convocatorias a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo para que presenten sus proyectos de inversión; evaluar las presentaciones que se efectúen en el marco del Programa; seleccionar los proyectos de inversión de conformidad con lo establecido en el Reglamento; prorrogar los plazos establecidos en la resolución y dictar las normas complementarias que estime necesarias para su implementación.

Que, por lo expuesto, se promueve la convocatoria a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo para que presenten sus proyectos de inversión, por el plazo de VEINTE (20) días corridos contados desde la entrada en vigencia de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Créditos e Inversiones Turísticas de esta Subsecretaría tomó intervención en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, sus modificatorios, y 48 de fecha 10 de enero de 2020, y la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

Por ello,

LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO ESTRATÉGICO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Convócase a personas humanas y jurídicas que desarrollen por cuenta propia y como actividad principal servicios vinculados al turismo en la REPÚBLICA ARGENTINA, para que en el plazo de VEINTE (20) días corridos contados a partir de su entrada en vigencia, presenten sus proyectos de inversión, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento del PROGRAMA DE INCENTIVO PARA INVERSIONES TURÍSTICAS DE PEQUEÑOS PRESTADORES (INTUR), aprobado por la Resolución N° 331/22 del MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que la convocatoria mencionada en el artículo 1° quedara sujeta a disponibilidad presupuestaria.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día hábil siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Eugenia Benedetti

e. 03/08/2022 N° 59165/22 v. 03/08/2022

Fecha de publicación 03/08/2022