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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 938/2022

RESOL-2022-938-APN-INCAA#MC

Ciudad de Buenos Aires, 02/08/2022

VISTO el EX-2022-29252358- -APN-GCYCG#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, N° 90 de fecha 20 de enero de 2020, N° 183 de fecha 12 de abril de 2022, las Resoluciones INCAA N° 65 de fecha 12 de enero de 2017, N° 482-E de fecha 27 de marzo de 2018, la Disposición INCAA Gerencia de Coordinación y Control de Gestión N° 886-E de fecha 29 de abril de 2019, y;

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) pone a cargo del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en el territorio de la República Argentina y de la actividad cinematográfica nacional en el exterior.

Que mediante Resolución INCAA N° 65/2017, se aprueba el RÉGIMEN DE FOMENTO REGIONAL (RFR) que contiene la normativa aplicable a la asignación de subsidios a la producción cinematográfica, a películas nacionales de largometraje por convocatoria regional, como así también la reglamentación de los mecanismos de fomento respecto de películas de cortometrajes regionales, desarrollo de proyectos regionales y desarrollo de guiones regionales, como así también, la reglamentación relativa a los distintos comités de selección de proyectos que pretendan dichos beneficios, y cuyos integrantes deben ser designados por el Consejo Asesor.

Que mediante Resolución INCAA Nº 482-E/2018, el proyecto “LAPACHO DE FUEGO” de los productores Adolfo Alcides CARDOZO y Pablo Francisco GONZALEZ DADONE, ha sido declarado como ganador del llamado anual 2017 de la “CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCION DE CORTOMETRAJES REGIONALES” género ficción por la región NORESTE ARGENTINO (NEA).

Que, resulta dable destacar que el proyecto “LOS AMIGOS DE JESUS” del Productor Maximiliano SCHONFELD, ha sido declarado como único suplente de la misma REGION en dicha convocatoria.

Que mediante Disposición INCAA N° 886-E/2019, se ha registrado el convenio identificado como CONVE-2019-35996242-APN-SGAJ#INCAA, entre Adolfo Alcides CARDOZO, Pablo Francisco GONZALEZ DADONE y el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, para la realización del proyecto “LAPACHO DE FUEGO”.

Que la Subgerencia de Fomento a la Producción Audiovisual informa que a la fecha no se ha comenzado la producción del cortometraje, así como tampoco consta en el expediente, documentación actualizada ni informes de avance de producción.

Que en IF-2022-66175560-APN-SGFPA#INCAA consta intimación cursada a los productores con fecha 25 de junio de 2021, a fin de que informen sobre el estado actual del proyecto y presenten actualización de documentación referida a la producción del cortometraje, el cual no ha sido contestado.

Que en consecuencia, corresponde dar de baja al proyecto “LAPACHO DE FUEGO”, y asimismo declarar ganador al proyecto suplente, en su reemplazo.

Que la Gerencia de Fortalecimiento de la Industria Audiovisual, la Subgerencia de Administración y Finanzas y la Gerencia de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para la aprobación de la siguiente medida se encuentra prevista en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias y los Decretos N° 1536/2002, N° 90/2020 y N° 183/2022.

Por ello,

EL VICEPRESIDENTE A/C DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dar de baja al proyecto “LAPACHO DE FUEGO” de los productores Adolfo Alcides CARDOZO (DNI 31.849.051) y Pablo Francisco GONZALEZ DADONE (DNI 31.568.230), como Ganador del llamado anual 2017 de la “CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCION DE CORTOMETRAJES REGIONALES”, establecido por Resolución INCAA N° 65/2017 y N° 482/2018.

ARTÍCULO 2º.- Declarar GANADOR al proyecto “LOS AMIGOS DE JESUS” del Productor Maximiliano SCHONFELD (DNI 29.520.634) del llamado anual 2017 de la “CONVOCATORIA PARA LA PRODUCCION DE CORTOMETRAJES REGIONALES”, en reemplazo del proyecto mencionado en el artículo 1°, por resultar el proyecto seleccionado suplente mediante Resolución INCAA N° 482/18.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese, notifíquese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Nicolas Daniel Batlle

e. 04/08/2022 N° 59379/22 v. 04/08/2022

Fecha de publicación 04/08/2022