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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

Resolución 188/2022

RESFC-2022-188-APN-AABE#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 28/07/2022

VISTO el Expediente EX-2020-90812165-APN-DACYGD#AABE, los Decretos Nros. 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, 1.416 de fecha 18 de septiembre de 2013, 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015, 62 de fecha 22 de enero de 2019, el Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM), y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la presentación efectuada por la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, dependiente del MINISTERIO DE SEGURIDAD, por la cual solicita la asignación en uso del bien inmueble en jurisdicción de esta AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ubicado en la calle República de Indonesia Nº 45, Comuna 6, CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 6 - Sección 40 - Manzana 147B - Parcela 24, correspondiente al CIE Nº 0200071344/1 con una superficie de terreno total aproximada de CIENTO NOVENTA METROS CUADRADOS (190 m2) y una superficie cubierta total aproximada de TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (320 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2022-75303230-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida.

Que la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA informa que el inmueble se destinará a la instalación de la UNIDAD DE DELITOS TECNOLÓGICOS y del CENTRO DE CIBERDELITO DE LA COMUNIDAD DE POLICÍAS DE AMÉRICA (AMERIPOL) de esa Fuerza de Seguridad.

Que de los relevamientos e informes técnicos efectuados en el marco de las inspecciones y estudios de factibilidad con el objeto de constatar las condiciones de ocupación de dicho inmueble, se verificó que se trata de una vivienda con planta baja, entrepiso y primer piso, actualmente desocupada y en desuso, en buen estado de conservación y custodiada por el Escuadrón de Operaciones Antidrogas de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA.

Que la administración del bien inmueble ha sido encomendada a esta Agencia por decisión judicial de fecha 17 de febrero de 2022, en el marco de la causa N° 34505/2018 “ATACHAHUA ESPINOZA, CARLOS SEIN Y OTROS S/ INFRACCIÓN LEY Nº 23.737”.

Que, para así hacerlo, la Sala “B” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico entendió que “(…) la designación de la Agencia de Administración de Bienes del Estado para cumplir con el rol de administrador de los bienes asignados por el juzgado “a quo”, resulta acorde a las funciones otorgadas normativamente a la mencionada agencia (…) por medio del decreto 1382/2012 (…) Asimismo, resulta factible la designación de la Agencia (…) para realizar la tarea encomendada por la decisión recurrida, de conformidad con lo que se dispone por el Decreto 62/19 (…) por cuyo artículo 13 se establece: “…Durante la tramitación del proceso de extinción de dominio, la administración y el mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles sometidos a medidas cautelares de desapoderamiento estará a cargo de la Agencia de Administración de Bienes del Estado, organismo descentralizado en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros…”.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS en el Dictamen Jurídico IF-2022-49522367-APN-DGAJ#AABE de fecha 17 de mayo de 2022, señala que por la particular naturaleza del bien, en tanto no se altere la esencia en su utilización ni el estado de las cosas y bienes alojados en el mismo, salvo aquellas tendientes a su conservación y mantenimiento, no habría inconveniente para la asignación en uso a favor de la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, en razón de las facultades de administración y mantenimiento otorgadas a esta Agencia.

Que asimismo la asignación deberá estar condicionada a un eventual requerimiento de las autoridades judiciales, ya sea para la ejecución de una futura sentencia, como a cualquier otra circunstancia que pudiera recaer en autos, debiendo asegurar la repartición solicitante proceder a restituir el bien en legal tiempo y forma.

Que la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA por Nota NO-2022-51107933-APN-DIGEAPOYO#GNA de fecha 23 de mayo 2022 prestó conformidad a las condiciones precedentes.

Que mediante el Decreto Nº 1.382 de fecha 9 de agosto de 2012, y su modificatorio, se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como organismo descentralizado en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose que será el órgano rector, centralizador de toda la actividad de administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL, ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL, cuando no corresponda a otros organismos estatales.

Que el inciso 20 del artículo 8º del Decreto Nº 1.382/12 determina que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá asignar, y reasignar los bienes inmuebles que integran el patrimonio del ESTADO NACIONAL, los cuales se considerarán concedidos en uso gratuito a la respectiva jurisdicción, la que tendrá su administración y custodia y que tan pronto cese dicho uso deberán volver a la jurisdicción de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que el artículo 23 del Anexo al Decreto Nº 2.670 de fecha 1º de diciembre de 2015 establece que la asignación y transferencia de uso de los bienes inmuebles del ESTADO NACIONAL entre las distintas jurisdicciones o entidades del Sector Público Nacional, será dispuesta por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.

Que resulta asimismo aplicable lo previsto en el Capítulo I del Título II de la Parte General del Reglamento de Gestión de Bienes Inmuebles del Estado Nacional aprobado por Resolución Nº 177 de fecha 16 de julio de 2022 (RESFC-2022-177-APN-AABE#JGM).

Que el artículo 8 bis del referido Reglamento establece que la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO podrá disponer, en casos que la particular naturaleza o condiciones del inmueble o los términos de la necesidad que causan el requerimiento de asignación, asignaciones de uso sobre inmuebles del ESTADO NACIONAL sujetas al acaecimiento de una condición de carácter resolutorio. A tal efecto, una vez acontecido el hecho sobreviniente generador de la resolución de dicha asignación, y habiendo sido notificada fehacientemente la jurisdicción o entidad que detentare el inmueble por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, deberá procederse a su restitución en un plazo de SEIS (6) meses desde la efectiva comunicación, pudiendo prorrogarse el mismo por TRES (3) meses más.

Que sin perjuicio de lo dispuesto en el referido Reglamento, en atención a la situación jurídica del inmueble ubicado en la calle República de Indonesia Nº 45 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; su restitución se encuentra sujeta a la resolución del Juzgado interviniente, en las condiciones y plazo que la misma determine.

Que en consecuencia, corresponde asignar en uso el inmueble mencionado en el considerando primero al MINISTERIO DE SEGURIDAD – GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA.

Que la presente medida se enmarca en las facultades de administración otorgadas a esta Agencia en función del Incidente Cautelar confirmado por la Sala “B” de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, en fecha 17 de febrero de 2022, en el Expediente N° 34505/2018, caratulado “ATACHAHUA ESPINOZA, Carlos Sein y otros s/ infracción ley 23.737.

Que el Servicio Jurídico Permanente de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de los Decretos Nros. 1.382/12, 1.416/13 y 2.670/15.

Por ello,

EL PRESIDENTE Y EL VICEPRESIDENTE DE LA AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.- Asígnase en uso al MINISTERIO DE SEGURIDAD - GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA el bien inmueble ubicado en la calle República de Indonesia Nº 45, Comuna 6 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES; identificado catastralmente como Circunscripción 6 - Sección 40 - Manzana 147B - Parcela 24, correspondiente al CIE Nº 0200071344/1 con una superficie de terreno total aproximada de CIENTO NOVENTA METROS CUADRADOS (190 m2) y una superficie cubierta total aproximada de TRESCIENTOS VEINTE METROS CUADRADOS (320 m2), individualizado en el croquis que como ANEXO (IF-2022-75303230-APN-DNGAF#AABE) forma parte integrante de la presente medida, con el objeto de instalar la UNIDAD DE DELITOS TECNOLÓGICOS y el CENTRO DE CIBERDELITO DE LA COMUNIDAD DE POLICÍAS DE AMÉRICA (AMERIPOL) de esa Fuerza de Seguridad.

ARTÍCULO 2º.- Establécese que la asignación dispuesta en el artículo precedente se encuentra condicionada a un eventual requerimiento por parte de las autoridades judiciales, ya sea para la ejecución de una futura sentencia, como a cualquier otra circunstancia que pudiera recaer en autos, debiendo el MINISTERIO DE SEGURIDAD – GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA, asegurar la restitución del inmueble en legal tiempo y forma.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese en el REGISTRO NACIONAL DE BIENES INMUEBLES DEL ESTADO.

ARTÍCULO 4º.- Notifíquese al MINISTERIO DE SEGURIDAD y a la GENDARMERÍA NACIONAL ARGENTINA.

ARTÍCULO 5º.- Notifíquese al JUZGADO NACIONAL EN LO PENAL ECONÓMICO Nº 2 SECRETARÍA Nº 4 en los autos caratulados “ATACHAHUA ESPINOZA, CARLOS SEIN Y OTROS S/ INFRACCIÓN LEY 23737” Expediente Nº 34505/2018.

ARTÍCULO 6º.- Dése cuenta a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y a la CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 7º.- Dése intervención a la DIRECCIÓN DE DESPLIEGUE TERRITORIAL con el objeto de proceder a la entrega del inmueble a la jurisdicción mencionada en el Artículo 1º y suscribir las actas correspondientes.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Martín Cosentino - Juan Agustín Debandi

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 09/08/2022 N° 60934/22 v. 09/08/2022

Fecha de publicación 09/08/2022