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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 252/2022

RESFC-2022-252-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 08/08/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-37696737-APN-DA#INCUCAI, los Decretos Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, Nº 415 de fecha 30 de junio de 2021 y Nº 103 de fecha 2 de marzo de 2022, y la Resolución Nº 53 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO del 22 de marzo de 2022; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº415 de fecha 30 de junio de 2021, se homologó el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público, suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial con fecha 26 de mayo de 2021, por la cual se acordó, como clausula tercera, elaborar una Propuesta de Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el personal del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) homologado por Decreto Nº 2098/08 y sus modificatorios, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera.

Que mediante el Decreto Nº 103 de fecha 2 de marzo de 2022, se homologó el Acta de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público, suscripta entre el Estado Empleador y la representación gremial con fecha 26 de noviembre de 2021, por la cual se acordó, como cláusula tercera, sustituir la cláusula tercera del acta acuerdo de dicha comisión negociadora que había sido homologada por Decreto Nº 415/21.

Que habiéndose expedido la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera mediante Acta Nº 172 de fecha 18 de febrero de 2022; por Resolución Nº 53/2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS DE LA NACIÓN de fecha 22 de marzo de 2022, se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel para el Personal del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que el artículo 2º del Anexo II del citado régimen, establece que la unidad a cargo de las acciones de personal u organismo descentralizado comunicará en un plazo no mayor a veinte días hábiles computados a partir de la entrada en vigencia del régimen, a la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO Y EVALUACIÓN DE GASTOS EN PERSONAL de la OFICINA NACIONAL DE PRESUPUESTO del MINISTERIO DE ECONOMIA, la información de la totalidad del personal que se encuentre en condiciones de ascender de nivel escalafonario, indicando cantidad de cargos por nivel.

Que el artículo 4º del Anexo II dispone a su turno, que “El titular de la Jurisdicción u organismo descentralizado dispondrá el inicio del Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de nivel, designará a los miembros integrantes del Comité de Valoración, designará al Secretario Técnico Administrativo del Comité y aprobará el cronograma del proceso en el mismo acto administrativo”.

Que por su parte, el artículo 5º del Anexo II establece que el Comité de Valoración se integrará con un miembro en representación del máximo responsable de Unidad a cargo de las acciones de Personal de la Jurisdicción o entidad descentralizada donde se dispuso el inicio del proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción del Nivel; un miembro en representación de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS; y un miembro en representación del titular de la Jurisdicción o entidad descentralizada; y que cada representante contará con un alterno que podrá intervenir indistintamente.

Que mediante NO-2022-31856949-APN-D#INCUCAI se ha dado cumplimiento a la comunicación prevista en el artículo 2º del Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo Público.

Que se encuentra incorporado al expediente de referencia el documento NO-2022-72342717-APN-DGYDCP#JGM, por el cual la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO ha designado a los miembros para que en su representación, intervengan en el Proceso de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo Público del personal de este Instituto Nacional.

Que, en consecuencia, corresponde disponer el inicio del Proceso de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo Público del personal del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (INCUCAI); aprobar el cronograma del proceso y designar al Comité de Valoración que intervendrá en el mismo.

Que la Dirección de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tenido la intervención que les compete.

Que quienes suscriben la presente se encuentran facultados para resolver en esta instancia, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 59 inciso d) de la Ley Nº 27.447.

Que la presente medida ha sido considerada y aprobada en reunión de Directorio del día 08 de agosto de 2022 conforme surge del texto del Acta Nº 31.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACION E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Dáse por iniciado el Proceso de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), perteneciente a la planta permanente del INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), conforme lo establecido en la Resolución Nº 53 de fecha 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS.

ARTICULO 2º.- Desígnase integrantes del Comité de Valoración titulares y alternos, y Secretario Técnico titular y alterno, a los expertos consignados en el IF-2022-72463102-APN-D#INCUCAI, que como ANEXO I integra la presente.

ARTICULO 3º.- Apruébase el cronograma del Proceso de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el Sistema Nacional de Empleo Público detallado en el IF-2022-60733632-APN-D#INCUCAI, que como ANEXO II integra la presente.

ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Jose Luis Bustos - Carlos Soratti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 12/08/2022 N° 62276/22 v. 12/08/2022

Fecha de publicación 12/08/2022