SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
Resolución 47/2022
RESOL-2022-47-APN-SRT#MT
Ciudad de Buenos Aires, 11/08/2022
VISTO el Expediente EX-2020-27922975-APN-SRH#SRT, las Leyes N° 20.744 (t.o. 1976), N° 24.557, N° 26.425, el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006, la Resolución de esta SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) N° 39 de 28 de abril de 2020, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 38, apartado 3 de la Ley N° 24.557, las relaciones del personal con la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.) se rigen por la legislación laboral vigente -Ley N° 20.744 (t.o. 1976)-, sus normas complementarias y modificatorias.
Que el Anexo I del Convenio Colectivo de Trabajo General (C.C.T.) aprobado por el Decreto N° 214 de fecha 27 de febrero de 2006, estableció que sus disposiciones serán de aplicación para todos los trabajadores bajo relación de dependencia laboral con las jurisdicciones y entidades descentralizadas, determinando que para el personal regido por la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo (t.o. 1976), le serán de aplicación sus normas con las salvedades que se formulen para cada Instituto en particular.
Que el artículo 117 del Anexo I del Decreto antes mencionado, creó la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT), la cual contará con una delegación en cada jurisdicción o entidad descentralizada y estará integrada por TRES (3) representantes titulares y TRES (3) suplentes por parte del Estado Empleador y por TRES (3) representantes titulares y TRES (3) suplentes por la parte gremial.
Que a fin de dar cumplimiento a dicha manda legal, mediante la Resolución de esta S.R.T. N° 39 de fecha 28 de abril de 2020, se creó la Delegación CyMAT, designándose, conjuntamente con las asociaciones sindicales con actuación en el Organismo, los miembros titulares y suplentes que la integran.
Que la celebración de elecciones de nuevos/as delegados/as sindicales en el ámbito del Organismo y la necesidad de reasignar tareas a determinados funcionarios de esta S.R.T., determinan que corresponde modificar la integración de la Delegación CyMAT.
Que agregada a los autos del Visto mediante el Informe Gráfico IF-2022-69259412-APN-SRH#SRT de fecha 7 de julio de 2022, obra la Nota de fecha 21 de junio de 2022 mediante la cual la asociación sindical UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) informó los miembros que integrarán la Delegación CyMAT en su representación, en los términos de lo establecido en el artículo 117 del Anexo I del mencionado Decreto N° 214/06.
Que en el mismo sentido, a través del Informe Gráfico IF-2022-6926648-APN-SRH#SRT de fecha 7 de julio de 2022 se incorporó la Nota de la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) de fecha 18 de noviembre de 2021, por la cual informó su propuesta de integrantes de la referida Delegación.
Que en ese marco, se destaca que por medio de la Providencia PV-2022-70429489-APN-SRH#SRT de fecha 11 de julio de 2022 y la Providencia PV-2022-81771652-APN-SRH#SRT de fecha 8 de agosto de 2022 se establecieron los representantes de esta S.R.T. ante la aludida Delegación CyMAT.
Que es menester destacar que los miembros integrantes de cada sector -S.R.T. y Gremial- poseen los requisitos de especialidad que impone el artículo 117 del Anexo I del Decreto N° 214/06.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar un nuevo acto administrativo que apruebe la nueva conformación de la Delegación CyMAT.
Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos y Normativos de esta S.R.T. ha intervenido en el ámbito de sus competencias.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas en los artículos 36, apartado 1, inciso e) y 38 de la Ley N° 24.557, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 117 del Anexo I del Decreto N° 214/06.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE RIESGOS DEL TRABAJO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Modifícase la conformación de la Delegación de la COMISIÓN DE CONDICIONES Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO (CyMAT) en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO (S.R.T.), la que quedará integrada de acuerdo a lo establecido en el Anexo IF-2022-83722986-APN-GG#SRT que forma parte de la presente resolución.
ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Enrique Alberto Cossio
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 16/08/2022 N° 62709/22 v. 16/08/2022
Fecha de publicación 16/08/2022