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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 281/2022

ACTA N° 1783

Expediente ENRE N° EX-2018-64509155-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 12 DE AGOSTO DE 2022

La Señora Interventora del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP), presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) y a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAR S.A.), para la obra consistente en la construcción de la Estación de Maniobras EM Piquete 63, compuesta de SEIS (6) campos de línea 132 kV, UNA (1) DT de 132 kV hacia piquete 39, UNA (1) LAT de 132 kV desde piquete 39 hacia ET Nonogasta Solar, y UNA (1) LAT 132 kV desde piquete 39 a ET Nonogasta, que acompañará en su recorrido a la actual LAT Nonogasta Solar – Nonogasta en la Provincia de LA RIOJA. 2.- Publicar la solicitud detallada en el artículo 1 de esta resolución, mediante un AVISO en el portal de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por el lapso de CINCO (5) días hábiles administrativos y, asimismo, se deberá publicar por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se realizará la obra o pueda afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, computados a partir del día siguiente de la última publicación efectuada, para que quién considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Disponer que, en caso de registrarse oposición común a otros usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante contestarlas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso contrario, vencido el plazo fijado en el artículo 2 de esta resolución sin que se registre presentación en los términos dispuestos, el ENRE procederá a dictar un acto administrativo otorgando el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la obra publicada. 5.- EDELAR S.A. deberá incorporar en su proyecto las observaciones y requerimientos técnicos presentados por TRANSNOA S.A. y CAMMESA, en el marco de sus respectivos informes y opiniones técnicas, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 555 de fecha 17 de octubre de 2001y complementarias- deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 7.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. y, en su caso, a EDELAR S.A., que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente en materia de Seguridad Pública de acuerdo con la siguiente normativa: Resolución ENRE N° 33 de fecha 21 de enero de 2004 (Obstáculos antisubidas y cartelería), Resolución ENRE N° 37 de fecha 10 de febrero de 2010 (Líneas Aéreas de Alta Tensión), Resolución ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas), Resolución ENRE N° 190 de fecha 25 de julio de 2012 (Trabajos en la vía pública), Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras), Resolución ENRE N° 382 de fecha 23 de septiembre 2015 (Restricciones dentro de la franja de seguridad derivadas de Servidumbre Administrativa de Electroducto) y Resolución 620 de fecha de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 8.- Notificar a la EDELAR S.A., a TRANSNOA S.A. y a CAMMESA. 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventora del ENRE, Dra. María Soledad Manín.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativa, Secretaría del Directorio.

e. 17/08/2022 N° 63260/22 v. 17/08/2022

Fecha de publicación 17/08/2022