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27 de Marzo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1646/2022

RESOL-2022-1646-APN-ENACOM#JGM FECHA 16/8/2022 ACTA 80

EX-2022-66073199-APN-SDYME#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Aprobar los actos del Concurso Público convocado mediante Resolución RESOL-2022-459-APN-ENACOM#JGM, con el objeto de adjudicar 1 licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en el canal 218 frecuencia 91.5 MHz., categoría E, en la ciudad de SALTA. 2 - Adjudicar a Manuel Adolfo JUSTICIA CIPPITELLI , cuya oferta documentada quedará encuadrada en la Categoría II, con un puntaje de 87 puntos, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia en el canal 218 frecuencia 91.5 MHz., categoría E, en la ciudad de SALTA. 3 – Rechazar la oferta documentada, presentada por SALTA PROPAGANDA S.R.L., la que quedará encuadrada en la Categoría IV. 4 - Rechazar por inadmisibles las ofertas presentadas por Sergio Alejandro PARADA, Patricio POMA y Juan Manuel ABDALA IBAÑEZ, por las razones expuestas en los considerandos de la presente. 5 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 6 - Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares, para lo cual resulta de aplicación el Instructivo identificado, que forma parte integrante de la Resolución RESOL-2022-1012-APN-ENACOM#JGM. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica, al que refiere el Instructivo aprobado por la Resolución RESOL-2022-1012-APN-ENACOM#JGM. 7 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 8 – El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 9 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 10.- Notifíquese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

e. 19/08/2022 N° 64435/22 v. 19/08/2022

Fecha de publicación 19/08/2022