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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 1685/2022

RESOL-2022-1685-APN-ENACOM#JGM FECHA 18/8/2022 ACTA 80

EX-2021-91960180-APN-DNSA#ENACOM

El Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Aprobar los actos de Concurso Público Simplificado convocado para la provincia de RIO NEGRO, a través de la Resolución RESOL-2021-689-APN-ENACOM#JGM, conforme el cronograma establecido. 2 – Aprobar el orden de mérito documentado como IF-2022-78926032-APN-DNSA#ENACOM del GEDO, integrante en un todo de la presente Resolución. 3 - Adjudicar a Juan GUIBELALDE , cuya oferta quedara 8 en orden de mérito, con un puntaje de 58 puntos, una licencia para la instalación, funcionamiento y explotación de 1 servicio de comunicación audiovisual de radiodifusión sonora por modulación de frecuencia canal 203, frecuencia 88.5 MHz., categoría E, en la ciudad de SAN CARLOS DE BARILOCHE, provincia de RIO NEGRO. 4 - El plazo de la licencia adjudicada abarcará un período de 10 años, contados a partir de la fecha del acto administrativo de autorización de inicio de emisiones regulares, a cuyo vencimiento podrá ser prorrogada a solicitud del licenciatario. 5 - Dentro de los 180 días corridos de notificado el acto administrativo de adjudicación, el adjudicatario deberá cumplimentar con los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación técnica de las instalaciones y autorización para el inicio de las transmisiones regulares. La señal distintiva será asignada al momento de la habilitación definitiva del servicio. Los requisitos técnicos tendientes a contar con la habilitación de las instalaciones del servicio e inicio de las transmisiones regulares, se cumplimentarán a través de la presentación de la documentación técnica definitiva y, aprobada la misma, de la inspección técnica de las instalaciones. La inspección técnica de las instalaciones podrá acreditarse a través de la presentación de un Certificado Simplificado de Inspección Técnica. 6 - Dentro del plazo de 30 días corridos de notificada la presente, el licenciatario, deberá presentar la DECLARACIÓN JURADA ANUAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL. 7 - El licenciatario asumirá la responsabilidad de realizar los trámites pertinentes ante la ANAC. 8 - El incumplimiento de cualquiera de las obligaciones definidas por los Artículos precedentes, importará la caducidad del presente acto de adjudicación. 9 - Notifíquese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefa de Área, Área Despacho.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Sintetizada se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/08/2022 N° 65081/22 v. 23/08/2022

Fecha de publicación 23/08/2022