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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 566/2022

RESOL-2022-566-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 24/08/2022

VISTO el Expediente EX-2022-78256959- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. N°445 y M.S. N° 271 del 24 de junio de 2016, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 1377 del 14 de diciembre de 2017, 1195 del 9 de noviembre de 2017, 108 del 30 de enero de 2018, 128 del 15 de febrero de 2018, 358 del 8 de mayo de 2018, 532 del 22 de junio de 2018, 673 del 13 de agosto de 2018, 858 del 29 de octubre de 2018, 18 del 9 de enero de 2019, 676 del 13 de agosto de 2019, 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO

Que, mediante Resolución del Ministerio de Seguridad N° 108/2018, se ofreció una recompensa de acuerdo a la Ley 26.538, de PESOS DOSCIENTOS MIL ($200.000), (CADA UNO), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el paradero de César Andrés MIÑO (D.N.I N° 27.166.544) y Sergio Andrés QUINTANA (D.N.I N° 31.027.112);

Que, las Resoluciones N° 1377/2017, 128/2018, 358/2018, 858/2018, 18/2019, 676/2019, mediante las cuales se ofrecieron recompensas, respectivamente, de acuerdo a la Ley 26.538, de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con los paraderos de, Claudia Alicia FERRO, (D.N.I N° 17.726.187), Ricardo Esteban MACHUCA (D.N.I N° 31.598.037), Nicolás CAPOVILLA (D.N.I N° 28.021.522), Milagros de los Ángeles AVELLANEDA OJEDA (D.N.I. N° 39.573.079), Benicio CORONEL (D.N.I. N° 54.784.599), Aída de Jesús CABRERA (D.N.I. N° 5.723.643), Ramona PONCE (D.N.I. N° F5.267.298);

Que, la Resolución N° 1195/2017, ofreció una recompensa de acuerdo a la Ley 26.538, de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), destinada para aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el autor o los autores del hecho en el que resultara como víctima Elva Antonieta GARCIA (D.N.I N° 16.659.416);

Que, la Resolución N° 532/2018 (Rectificada por Resolución N° 673/2018), ofreció una recompensa de acuerdo a la Ley 26.538, de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($250.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Gustavo Antonio RECALDE (D.N.I. N° 25.054.110).

Que el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago. Y, que a su vez, el monto de la recompensa será fijado atendiendo a la complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la obtención de la información.

Que el artículo 1° del Anexo II de la Resolución N° 828/2019, establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa, y por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta cartera ministerial, y a su vez el artículo 3° indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado Anexo, deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido del ofrecimiento de recompensa;

Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del Anexo II de la Resolución N° 828/2019, en atención al tiempo transcurrido, resulta procedente incrementar el monto de las referidas recompensas;

Que, han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio;

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias,

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispóngase el incremento de las recompensas oportunamente ofrecidas mediante Resoluciones M.S. N° 1377/2017, 108/2018, 128/2018, 358/2018, 858/2018, 18/2019, 676/2019, a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), (CADA UNA) destinadas a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que permitan dar con los paraderos de, Claudia Alicia FERRO, (D.N.I N° 17.726.187), César Andrés MIÑO (D.N.I N° 27.166.544), Sergio Andrés QUINTANA (D.N.I N° 31.027.112), Ricardo Esteban MACHUCA (D.N.I N° 31.598.037), Nicolás CAPOVILLA (D.N.I N° 28.021.522), Milagros de los Ángeles AVELLANEDA OJEDA (D.N.I. N° 39.573.079), Benicio CORONEL (D.N.I. N° 54.784.599), Aída de Jesús CABRERA (D.N.I. N° 5.723.643), Ramona PONCE (D.N.I. N° F5.267.298), sobre quienes al día de la fecha se desconoce su paradero.

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución M.S. N° 1195/2017, a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para dar con el autor o los autores del hecho en el que resultara como víctima Elva Antonieta GARCÍA (D.N.I N° 16.659.416).

ARTÍCULO 3°.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante Resolución M.S. N° 532/2018 (Rectificada por Resolución 673/2018), a la suma total de PESOS UN MILLÓN ($1.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Gustavo Antonio RECALDE (D.N.I. N° 25.054.110).

ARTÍCULO 4°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL RECOMPENSAS de este Ministerio, al número de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 5°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente del Sistema de Administración de Justicia sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 6º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 7°.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación, en todas sus formas, de los afiches que obran como (IF-2022-81264669-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81264876-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81265250-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81265522-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81265758-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81266237-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81274053-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81274284-APN-DRPJ#MSG), (IF-2022-81274478-APN-DRPJ#MSG) y (IF-2022-81265994-APN-DRPJ#MSG) correspondientes a las recompensas ofrecidas, las cuales forman parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 8º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 26/08/2022 N° 66505/22 v. 26/08/2022

Fecha de publicación 26/08/2022