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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA

Decisión Administrativa 852/2022

DECAD-2022-852-APN-JGM - Dase por designado Director de Promoción de la Competencia.

Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2022

VISTO el Expediente N° EX-2022-44568270-APN-SITSP#JGM, la Ley N° 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 882 del 23 de diciembre de 2021, la Decisión Administrativa Nº 756 del 26 de julio de 2016 y sus modificatorias y la Resolución del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N° 614 del 31 de octubre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 882/21 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario o Subsecretaria, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que por la Decisión Administrativa N° 756/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex-MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que por la Resolución del entonces MINISTERIO DE PRODUCCIÓN N° 614/16 se aprobó la estructura organizativa de segundo nivel operativo de la citada Comisión Nacional.

Que resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante y financiado de Director o Directora de Promoción de la Competencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que la cobertura transitoria del cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por designado con carácter transitorio, a partir del 1º de mayo de 2022 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, al magíster Lucas Gabriel TREVISANI VESPA (D.N.I. N° 32.206.169) en el cargo de Director de Promoción de la Competencia de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA COMPETENCIA de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel III del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con carácter de excepción respecto a las disposiciones del artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir del 1º de mayo de 2022.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Sergio Tomás Massa

e. 30/08/2022 N° 67981/22 v. 30/08/2022

Fecha de publicación 30/08/2022