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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 378/2022

RESOL-2022-378-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 31/08/2022

VISTO el Expediente EX-2022-08380735- -APN-DGAYF#MAD, la Ley Nº 26.815, Ley de Ministerios Nº 22.520 de fecha 12 de marzo de 1992, sus modificatorias y complementarias, Decreto Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, Decreto N° 50 de fecha 11 de diciembre de 2019 y sus modificatorias, RESOL-2021-93-APN-MAD y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley sobre el Manejo del Fuego N° 26.815 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional.

Que mediante el artículo Nº 30 de la Ley Nº 26.815 se creó el Fondo Nacional del Manejo del Fuego, estableciendo que dicho Fondo estará compuesto por: a) Las sumas que anualmente le asigne el Presupuesto General de la Nación; b) Todo otro ingreso que derive de la gestión de la Autoridad Nacional de Aplicación; c) Las subvenciones, donaciones, legados, aportes y transferencias de otras reparticiones o de personas físicas o jurídicas, de organismos nacionales y/o internacionales; d) Los intereses y rentas de los bienes que posea; e) Los recursos que fijen leyes especiales; f) Los recursos no utilizados del Fondo, provenientes de ejercicios anteriores, el cual será administrado por la Autoridad Nacional de Aplicación, y de conformidad al artículo Nº 31, el cual dispone que los recursos del Fondo sólo podrán ser destinados a los fines que taxativamente establece tal artículo.

Que de acuerdo con el Decreto N° 7/2019 Artículo Nº 23 octies inc 2., el MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN resulta competente para asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en todo lo inherente a la política ambiental y el desarrollo sostenible y en la utilización racional de los recursos naturales; para entender en la gestión ambiental sostenible de los recursos hídricos, bosques, fauna silvestre y en la preservación del suelo; así como para entender en la materia de su competencia en lo relacionado a las acciones preventivas y ante las emergencias naturales y catástrofes climáticas.

Que el Decreto N° 50/2019 determinó que es objetivo de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, dirigir el diseño, la confección y difusión de las herramientas técnicas y de gestión para la implementación de una política de control, comprensiva del diagnóstico, prevención, preservación y recomposición ambiental, entre otras cuestiones.

Que el Decreto N° 732/2020, modificatorio del Decreto N° 50/2019, incorporó, como objetivo de la SECRETARÍA DE CONTROL Y MONITOREO AMBIENTAL, asistir al Ministro en las funciones del Ministerio como autoridad de aplicación de la Ley N° 26.815 y entender en la organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo del Fuego creado por la Ley mencionada.

Que con fecha 31 de marzo de 2021 mediante Resolución Nº RESOL-2021-93-APN-MAD, y a efectos de proseguir con las acciones y operaciones de prevención, presupresión y combate de incendios forestales, rurales, de pastizales y de interfase en el marco del Sistema Federal de Manejo del Fuego, se constituyó un Fideicomiso Financiero y de Administración, a través del cual se dará cumplimiento al objeto señalado en el artículo Nº 31, y cuyo fiduciario es BICE FIDEICOMISOS S.A.

Que atento al objeto previsto en el Contrato de Fideicomiso, resulta beneficiario el Estado Nacional, a través de este Ministerio.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS certificó el ingreso de recursos provenientes de la fuente de financiamiento interna, por un monto de PESOS ARGENTINOS MIL MILLONES ($1.000.000.000.-), disponibles para atender el gasto generado por la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) sus modificatorias y complementarias, modificada mediante el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 y del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Establécese la efectiva transferencia de PESOS ARGENTINOS MIL MILLONES ($1.000.000.000.-) del compromiso preventivo (Solicitud de Gastos. SG n° 387) en la fuente de financiamiento interna para realizar transferencias según el siguiente detalle: Fuente 11 - Apertura Programática 63.0.0.46.0 - Partida 5.5.9.997 de PESOS ARGENTINOS SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS VEINTISÉIS ($679.085.626); y Fuente 15 - Apertura Programática 63.0.0.46.0 - Partida 5.5.9.997 - de PESOS ARGENTINOS TRESCIENTOS VEINTE MILLONES NOVECIENTOS CATORCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($320.914.374); en el FIDEICOMISO FINANCIERO Y DE ADMINISTRACIÓN existente entre el Estado Nacional, a través del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE en su carácter de Fiduciante y Fideicomisario, y BICE FIDEICOMISOS S.A. como Fiduciario, correspondientes al “Fondo Nacional del Manejo del Fuego”, de conformidad a la Ley Nº 26.815.

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será imputado a la Jurisdicción 81 - MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, Fuente 13 - Recursos con Afectación Específica, Programa 63 – Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental , Actividad 46 - Servicio Nacional de Manejo del Fuego, Inciso 5 - Transferencias, Partida Principal 5 – Transferencias a otras Entidades del Sector Público Nacional, Partida Parcial 4 - Transferencias a Fondos Fiduciarios y otros Entes del Sector Público Nacional No Financiero para financiar gastos corrientes, Partida Subparcial 999, del presupuesto vigente.

ARTICULO 3º: Comuníquese, publíquese y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

e. 02/09/2022 N° 69026/22 v. 02/09/2022

Fecha de publicación 02/09/2022