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ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 1736/2022

RESOL-2022-1736-APN-ENACOM#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 06/09/2022

VISTO el Expediente EX-2022-54448996- -APN-AMEYS#ENACOM, del Registro del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, el Reglamento de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549, Decreto N° 1.759/1972 (T.O. 2017), la Resolución RS-2022-1729-APN-ENACOM#JGM, y

CONSIDERANDO:

Que mediante RS-2022-1729-APN-ENACOM#JGM se aprobó por Artículo 3° el reacomodamiento de los canales con que cuenta TELECOM ARGENTINA S.A., en el marco de las disposiciones del Pliego de Bases y Condiciones aprobado por la Resolución ENACOM N° 798/2022.

Que se detectó la comisión de un error material en el número de Informe que se cita en el texto del precitado Artículo 3° de dicho acto administrativo, correspondiendo su rectificación, conforme lo previsto en el Artículo 101 del Decreto N° 1.759/1972 (T.O. 2017), Reglamentario de la Ley de Procedimientos Administrativos N° 19.549.

Que dicho artículo dispone que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que ha tomado la intervención que le compete el Servicio Jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que ha tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta de Directorio N° 56 del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES de fecha 30 de enero de 2020.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley N° 27.078 y modificatorios, el Artículo 4° de la Resolución SC N° 798/2022 y las emergentes del Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/1972 (T.O. 2017).

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- RECTIFÍCASE el texto del Artículo 3º de la Resolución RS-2022-1729-APNENACOM#JGM, el que quedará redactado de la siguiente manera: “ARTÍCULO 3°.- APRUÉBASE el reacomodamiento de los canales con que cuenta TELECOM ARGENTINA S.A., el que se encuentra detallado en el cuadro identificado como IF-2022-90458121-APN-DNPYC#ENACOM, del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, que como Anexo III forma parte integrante de la presente Resolución.”

ARTÍCULO 2°.- NOTIFÍQUESE a TELECOM ARGENTINA S.A. conforme a lo establecido en el Artículo 11º de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos Nº 19.549 y de conformidad a los términos y alcances previstos en el Artículo 40 y concordantes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Nº 1.759/1972 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 3º.- COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE, DÉSE a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, cumplido, archívese.-

Claudio Julio Ambrosini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/09/2022 N° 70308/22 v. 07/09/2022

Fecha de publicación 07/09/2022