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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL

Resolución 38/2022

RESOL-2022-38-APN-SDC#MC

Ciudad de Buenos Aires, 05/09/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-06668750- -APN-DGD#MC, la Resolución Nº 477 de fecha 20 de abril de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, el CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN entre el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el MINISTERIO DE CULTURA Nº CONVE-2020-87787831-APN-DGD#MC de fecha 16 de diciembre de 2020, la Resolución Nº 28 de fecha 12 de agosto de 2022 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. Nº 477/22 (RESOL-2022-477-APN-MC) se creó el PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, de conformidad con los fundamentos y objetivos que se consignan en el ANEXO I (IF-2022-07548759-APN-DNPPC#MC) y se declaró abierta la Primera Convocatoria Nacional, de acuerdo con el Reglamento técnico de Bases y Condiciones según ANEXO II (IF-2022-35091234-APN-DNPPC#MC), ANEXO III (IF-2022-27334679-APN-DNPPC#MC), ANEXO IV (IF-2022-26888266-APN-DNPPC#MC), y ANEXO V (IF-2022-26887868-APN-DNPPC#MC), que forman parte integrante de la citada medida.

Que por la Resolución S.D.C. Nº 28/22 (RESOL-2022-28-APN-SDC#MC) se designó como Miembros Titulares del Jurado a Malena FENOGLIO (D.N.I. Nº26.117.180), Sebastián LIDIJOVER (D.N.I. Nº26.328.566) y Carlos DÍAZ (D.N.I. Nº23.866.342), y como Suplente a Vera GRIMMER (D.N.I. Nº37.948.009).

Que, con fecha 12 de agosto del corriente año, se reunió el Jurado Titular, y luego del análisis y de las deliberaciones oportunas, procedió a elaborar la nómina de beneficiarios/as de la Primera Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, según detalle incorporado en el ANEXO I - Acta de Evaluación de Proyectos (IF-2022-84376584-APN-DNPPC#MC) que forma parte integrante la presente medida.

Que, por lo expuesto, corresponde realizar el pago a los/as beneficiarios/as, atendiendo a las distintas formas jurídicas de los/as postulantes, a saber: entes públicos provinciales o municipales; personas jurídicas; personas humanas, conforme los datos e información obrante en el ANEXO I - Acta de Evaluación de Proyectos (IF-2022- 84376584-APN-DNPPC#MC), en el marco del CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN entre el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el MINISTERIO DE CULTURA Nº CONVE-2020-87787831-APN-DGD#MC.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que el gasto que demande la presente será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas al Ejercicio 2022, conforme la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, prorrogado por Decreto N° 882/21 y distribuido por la Decisión Administrativa N° 4/22 (DECAD-2022-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas por el Decreto Nº 50/19 y su modificatorio, el Decreto Nº 1344/07 y modificatorios y complementarios y la Resolución M.C. Nº 477/22.

Por ello,

LA SECRETARIA DE DESARROLLO CULTURAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar la nómina de proyectos correspondiente a la Primera Convocatoria Nacional del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO DEL PAÍS, de acuerdo con el detalle consignado en el acta suscripta por el jurado que como ANEXO I - Acta de Evaluación de Proyectos (IF-2022-84376584-APN- DNPPC#MC) forma parte integrante la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Destinar la suma de PESOS QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTISÉIS ($15.832.726.-) a los fines de cubrir los gastos de los beneficiarios seleccionados y aprobados por el Artículo 1°, y autorizar el pago que pudiera corresponder en concepto de comisiones por el servicio prestado, en el marco del CONVENIO MARCO DE COOPERACIÓN Y COLABORACIÓN entre el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA y el MINISTERIO DE CULTURA Nº CONVE-2020-87787831-APN- DGD#MC.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias del presente ejercicio correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 - MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Maria Lucrecia Cardoso

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/09/2022 N° 70115/22 v. 07/09/2022

Fecha de publicación 07/09/2022