Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 1304/2022

RESOL-2022-1304-APN-MT

Ciudad de Buenos Aires, 12/09/2022

VISTO el Expediente EX-2022-87156840- -APN-DCDC#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, los Decretos Nº 1.421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, N° 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios y N° 103 del 2 de marzo de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 del 22 de marzo de 2022 y sus modificatorias y la Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL N° 628 del 23 de mayo de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que se dictó el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 mediante el cual se dispuso que, a partir del 1° de enero de 2022, rigen las disposiciones de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021, de conformidad con lo establecido en el Artículo 27 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus modificatorias.

Que, mediante el Artículo 3º del Decreto N° 355 del 25 de mayo de 2017 y sus modificatorios, se dispuso que la designación del personal ingresante a la planta permanente como a la promoción del personal que revista en la planta permanente serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno, como así también serán competentes para disponer asignaciones transitorias de funciones en sus respectivas jurisdicciones.

Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO GENERAL PARA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL, plasmado en el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006, en su Artículo 54º, establece que la promoción vertical de nivel o categoría escalafonaria se efectuará conforme a los mecanismos de selección y/o merituación y requisitos aplicables al cargo o función al que se aspire.

Que el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 03 de diciembre de 2008, determina, en los Artículos 14 y 15, los requisitos mínimos que se deben acreditar para postularse a los distintos niveles escalafonarios.

Que, asimismo, el Decreto N° 103 del 2 de marzo de 2022 homologa el Acta Acuerdo de fecha 26 de noviembre de 2021 y su Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), y determina, en su CLÁUSULA TERCERA, que por única vez y hasta el 31 de diciembre del año 2023, el personal permanente comprendido en el SINEP que reuniera los requisitos para el acceso a un nivel escalafonario superior y hasta un máximo de dos niveles, podrá solicitar su reubicación, conforme al Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito.

Que mediante el Artículo 2° de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 de fecha 22 de marzo de 2022 y sus modificatorias, se reglamentó el proceso citado y se aprobó el Régimen de Valoración por Evaluación y Mérito para la promoción de Nivel para el personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

Que, asimismo, mediante Resolución del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL N° 628 de fecha 23 de mayo de 2022, se dió inicio al Proceso de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito para el personal de planta permanente con estabilidad del organismo.

Que, en efecto, tal como se encuentra regulado en los Artículos 2° y 3° del citado plexo normativo, se designaron a los integrantes de los Comités de Valoración y se confeccionó el cronograma tentativo con los plazos del proceso.

Que, tal como lo dispone el Artículo 12 del Anexo II de la Resolución N° 53 de fecha 22 de marzo de 2022, la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos efectuó la definición del puesto a ocupar por los postulantes conforme al Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones.

Que los integrantes de los Comités de Valoración Nº 1 y Nº 2, han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y la Resolución de la entonces SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICO N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010, verificando el cumplimiento de los requisitos mínimos para cada Nivel escalafonario, dejando constancia de la nómina de agentes aprobados y no aprobados, mediante Actas Nº 9 (IF-2022-88948328-APN-DCDC#MT) y Nº 10 (IF-2022-91707142-APN-DCDC#MT) y Nº 2 Actas Nº 3 (IF-2022-88947978-APN-DCDC#MT) y Nª 4 (IF-2022-91706773-APN-DCDC#MT) respectivamente.

Que, en base a la situación de revista actualizada, y en conformidad a lo dispuesto en el Artículo 31° del Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, se recomendaron las asignaciones de Grado escalafonario correspondientes al nuevo Nivel.

Que la Dirección General de Gestión de Recursos Humanos y la Dirección General de Asuntos Jurídicos dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL han tomado la intervención que les compete.

Que las promociones en los puestos correspondientes no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 3° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios y la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 53 del 22 de marzo de 2022 y sus modificatorias.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°. - Apruébese la valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel efectuada por el Comité de Valoración Nº 1, mediante Actas N°9 IF-2022-88948328-APN-DCDC#MT) y Acta N° 10 (IF-202291707142-APN-DCDC#MT) y la conversión de los cargos respectivos en relación a los agentes y de conformidad con el detalle que se consigna en el artículo 3º.

ARTICULO 2º.- Apruébase la valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel efectuada por el Comité de Valoración Nº 2, mediante Actas Nº 3 (IF-2022-88947978-APN-DCDC#MT) y Nº 4 (IF-202291706773-APN-DCDC#MT) y la conversión de los cargos respectivos en relación a los agentes y de conformidad con el detalle que se consigna en el artículo siguiente.

ARTICULO 3°. - Promociónase a las personas que se mencionan en el Anexo (IF-2022-93207683-APN-DCDC#MT) que forma parte integrante de la presente Resolución, en los Cargos, Agrupamientos, Tramos, Niveles y Grados escalafonarios correspondientes al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, y en las Dependencias del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL junto a la asignación de los Suplementos que allí se determinan.

ARTICULO 4°. – Recházase la Promoción de nivel de los agentes que se detallan en IF-2022-91921446-APN-DCDC#MT por no cumplimentar los requisitos excluyentes del Nivel Escalafonario.

ARTICULO 5°. – Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Omar Moroni

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 13/09/2022 N° 72304/22 v. 13/09/2022

Fecha de publicación 13/09/2022