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OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS

Decreto 594/2022

DCTO-2022-594-APN-PTE - Desígnase Interventor.

Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2022

VISTO el Expediente N° EX-2020-53134754-APN-SSS#MS, las Leyes Nros. 23.660 y sus modificatorias, 23.661 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 576 del 1º de abril de 1993 y sus modificatorios y 264 del 20 de abril de 2021 y la Resolución del MINISTERIO DE SALUD N° 127 del 18 de enero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Decreto Nº 264/21 se intervino, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS - O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8) y se designó al contador público nacional Ricardo Ernesto BELLAGIO en el cargo de Interventor, con las facultades de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo.

Que el artículo 1° de la norma citada precedentemente faculta al MINISTERIO DE SALUD a prorrogar el plazo de la intervención, de considerarlo necesario para la consecución de los objetivos planteados.

Que, en tal sentido, el mencionado Ministerio dictó la Resolución Nº 127/22, por la cual se prorrogó –por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días, la Intervención de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS - O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), dispuesta por el Decreto Nº 264/21 y se ratificó en el cargo de Interventor al contador público nacional Ricardo Ernesto BELLAGIO.

Que toda vez que las circunstancias que dieron lugar a la Intervención de la mencionada Obra Social se encuentran vigentes, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, en el marco de las facultades que le otorga el inciso 3° del artículo 27 de la Ley N° 23.660, ha propuesto al PODER EJECUTIVO NACIONAL la designación del doctor Sigifredo Jorge BANEGAS en el cargo de Interventor del citado Agente del Seguro de Salud, con el fin de dar continuidad al proceso iniciado.

Que han tomado intervención los servicios de asesoramiento jurídico competentes.

Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el cese, a partir de la fecha del presente, del contador público nacional Ricardo Ernesto BELLAGIO (D.N.I. N° 14.441.307) en el cargo de Interventor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS – O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), en el que fuera designado por el Decreto N° 264/21.

ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha del presente, al doctor Sigifredo Jorge BANEGAS (D.N.I. Nº 4.444.570) en el cargo de Interventor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS – O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), con las facultades de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo.

ARTÍCULO 3°.- El Interventor deberá elevar a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, un informe mensual de su gestión, con el detalle de la situación institucional de la entidad y su evolución administrativa y prestacional.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Carla Vizzotti

e. 15/09/2022 N° 73391/22 v. 15/09/2022

Fecha de publicación 15/09/2022